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R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de las Resoluciones que figuran en el anexo a la presente.Segundo.- Significar a los interesados que dichas Resoluciones no ponen fin a la vía administrativa, por lo que podrán interponer contra ellas, recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de su publicación.
Santa Cruz de Tenerife, a 15 de mayo de 2000.- El Director, Antonio Sierra López.
A N E X O
1º) Resolución por la que se ordena la baja en el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, de la consulta de odontología, situada en la Carretera General La Cuesta, 364, Edificio Famara II, 1º D, La Cuesta, en Santa Cruz de Tenerife, cuyo titular es Dña. Ana Elena Armas Rodríguez.Vista la propuesta del Jefe de Servicio de Acreditación, Evaluación y Conciertos de esta Dirección, relativa al expediente de la consulta de odontología, situada en la Carretera General La Cuesta, 364, Edificio Famara II, 1º D, La Cuesta, en La Laguna, cuya titular es Dña. Ana Elena Armas Rodríguez, en la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1. Por Resolución de 24 de agosto de 1998, de esta Dirección, se concede a Dña. Ana Elena Armas Rodríguez, autorización de funcionamiento para la consulta de odontología, situada en la Carretera General La Cuesta, 364, Edificio Famara II, 1º D, La Cuesta, en La Laguna, quedando inscrito en el registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios con el número 0978.2. Con fecha 11 de febrero de 2000, el interesado presenta escrito por el que solicita se le dé de baja en dicha actividad.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I. De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento, de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente el Director del Servicio Canario de la Salud.II. El artº. 19 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, dispone que el titular o representante legal que quiera cerrar un centro, servicio o establecimiento sanitario, deberá comunicarlo por escrito a la Dirección del Servicio Canario de la Salud, para proceder, cuando corresponda, a su baja en el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias.
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la baja en el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, de la consulta de odontología, situada en la Carretera General La Cuesta, 364, Edificio Famara II, 1º D, La Cuesta, en La Laguna, cuya titular es Dña. Ana Elena Armas Rodríguez.Segundo.- Notificar esta Resolución a Dña. Ana Elena Armas Rodríguez, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 29 de febrero de 2000.- El Director del Servicio Canario de la Salud, Antonio Sierra López.
2º) Resolución por la que se ordena la baja en el registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias de la consulta de medicina interna, situada en la calle Blanco, 3, en Puerto de la Cruz, cuyo titular es D. Klaus Retzlaff.
Vista la propuesta del Jefe de Servicio de Acreditación, Evaluación y Conciertos de esta Dirección, relativa al expediente del consulta de medicina interna, situada en la calle Blanco, 3, del término municipal de Puerto de la Cruz, y cuyo titular es D. Klaus Retzlaff.
En la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1. Por Resolución nº 206/TF, de 21 de mayo de 1999, de esta Dirección, se concede D. Klaus Retzlaff autorización de funcionamiento para consulta de medicina interna, situada en la calle Blanco, 3, del término municipal de Puerto de la Cruz, quedando inscrito en el Registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios con el número 1551.2. En inspección realizada el 13 de abril de 2000 (Acta nº 101/00TF), se comprueba que el centro se encuentra cerrado.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I. De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. nº 129, de 6 de octubre), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente el Director del Servicio Canario de la Salud.II. El artº. 20.1 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, encomienda a la Dirección del Servicio Canario de Salud la obligación de mantener actualizado el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias.
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la baja en el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, de la consulta de medicina interna, situada en la calle Blanco, 3, del término municipal de Puerto de la Cruz, cuyo titular es D. Klaus Retzlaff.Segundo.- Notificar esta resolución a D. Klaus Retzlaff, significándole que no es definitiva en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Santa Cruz de Tenerife, a 25 de abril de 2000.- El Director del Servicio Canario de la Salud, Antonio Sierra López.
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