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BOC Nº 088. Lunes 17 de Julio de 2000 - 2571

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Economía y Hacienda

2571 - Dirección General de Promoción Económica.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 9 de mayo de 2000, que notifica a D. Julián Serrano Cabrera, en ignorado paradero, la aceptación de renuncia proporcional y abono proporcional de una subvención otorgada al amparo de la Orden de 5 de mayo de 1998.

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Habiéndose intentado sin éxito la práctica de la notificación de requerimiento en el domicilio que figura en el expediente, sin que haya sido recibida por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en uso de las facultades que me confiere la vigente legislación,

R E S U E L V O: Primero.- Notificar a Julián Serrano Cabrera el requerimiento que con fecha 7 de septiembre de 1999 fue intentado efectuar, en los términos que a continuación se expresan:

"Por Resolución nº 847, de 23 de octubre de 1998, se le concedió una subvención a la empresa Julián Serrano Cabrera por importe de cuarenta y ocho mil trescientas cinco (48.305) pesetas, con una inversión aprobada de seiscientas ocho mil quinientas veintisiete (608.527) pesetas, al amparo de la Orden de 5 de mayo de 1998.

Visto que la documentación aportada para justificar el cumplimiento de las condiciones de concesión de la subvención sólo acredita la realización de la inversión por importe de cuatrocientas setenta y dos mil ochocientas dieciocho (472.818) pesetas, "considerándose que la actividad para la cual fue concedida la subvención ha sido totalmente realizada".

Visto que el escrito presentado por Julián Serrano Cabrera por el que renuncia expresamente a parte de la subvención concedida por Resolución nº 487, de 23 de octubre de 1998, por la que se conceden subvenciones a Pymes para la realización de inversiones en el sector terciario.

Dado que según la documentación que obra en el expediente referenciado no consta que se haya abonado parte y/o totalidad de la subvención al beneficiario.

Vistos la Orden de 5 de mayo de 1998, el Decreto 6/1995, de 27 de enero, el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, y demás legislación aplicable al caso, vengo a adoptar la siguiente

RESOLUCIÓN: 1º) Aceptar la renuncia expresa de parte de la subvención concedida a Julián Serrano Cabrera por Resolución nº 847, del 23 de octubre de 1998, por la que se conceden subvenciones para la realización de inversiones en el sector terciario, por importe de diez mil setecientas sesenta y cuatro (10.764) pesetas.

2º) Que el importe de la subvención a abonar a dicha empresa cuando se dé cumplimiento a las condiciones de concesión de la subvención es de treinta y siete mil quinientas cuarenta y una (37.541) pesetas.

3º) La presente Resolución de aceptación de renuncia deja sin efecto las dictadas en fechas precedentes.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la correspondiente Sección del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses desde su notificación".

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de mayo de 2000.- El Director General de Promoción Económica, Antonio Lantigua Suárez.

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