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De conformidad con lo establecido en el artículo 10.c) de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas, y con el artículo 14.b) del Decreto 242/1993, de 29 de julio, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico del Consejo Insular de Aguas de La Palma, la Junta General, reunida en sesión extraordinaria el día 8 de junio de 2000, aprobó inicialmente el Plan Hidrológico de La Palma y acordó someterlo a información pública, durante el período de dos (2) meses, contado a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias. Igualmente se acordó suspender el trámite de las solicitudes de concesión de agua pública mediante la perforación de pozos o galerías, cuyos expedientes no se hayan iniciado aún, hasta la aprobación definitiva del mismo.
Los interesados podrán consultar el citado documento en las oficinas del Consejo Insular de Aguas de La Palma, sitas en la Avenida Marítima, 34, 1ª planta, de Santa Cruz de La Palma, y formular las alegaciones que estimen pertinentes en el citado plazo de información pública.
Santa Cruz de La Palma, a 9 de junio de 2000.- El Presidente, José Luis Perestelo Rodríguez.
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