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En cumplimiento de la propuesta del Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Asuntos Sociales, por Orden del Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda, de fecha 26 de abril de 2000, se determina que el expediente de arrendamiento de un local en Santa Cruz de Tenerife, para ubicar dependencias del Instituto Canario de la Mujer, de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, se tramite por el sistema de adjudicación directa y que sean publicadas en el Boletín Oficial de Canarias las razones que justifican dicho arrendamiento por el referido sistema, esta Dirección General de Patrimonio y Contratación hace público que será utilizado el sistema de contratación por adjudicación directa dadas las singularidades de la necesidad a satisfacer y la extrema urgencia de la contratación, prescindiéndose del concurso público con arreglo a lo previsto en los artículos 30.3 y 32.1 de la Ley 8/1987, de 28 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, no siendo preciso por ello abrir una concurrencia de ofertas.
Lo que se publica conforme establece el punto 4 del ya mencionado artículo 30 de la Ley 8/1987, de 28 de abril, anteriormente indicada.
Santa Cruz de Tenerife, a 5 de mayo de 2000.- El Director General de Patrimonio y Contratación, Javier González Ortiz.
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