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En conformidad con lo establecido en el artículo 179.7 del Reglamento del Parlamento de Canarias, se ordena la publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN I
"El Parlamento de Canarias, de conformidad con el Informe de la Audiencia de Cuentas de fiscalización limitada del Ayuntamiento de Santa María de Guía, insta al Ayuntamiento de Santa María de Guía a la adopción de las siguientes medidas:
1) En materia de subvenciones: las certificaciones educativas deben serlo por la totalidad de los fondos recibidos, deben justificarse en los plazos establecidos, cuando corresponda en función de su destino, los ingresos deben ser contabilizados en el Capítulo 4 de ingresos (transferencias corrientes).
2) Proceder a la formalización ordenada de cada uno de los expedientes de los documentos generados o recibidos en materia de subvenciones.
3) Interesar de las autoridades competentes el ejercicio, si procediese, de las acciones legales y depuración de responsabilidades que pudiesen haber incurrido."
RESOLUCIÓN II
"El Informe realizado por la Audiencia de Cuentas de Canarias al Ayuntamiento de Santa María de Guía, limitado a la aplicación de determinadas subvenciones de otros organismos, supone tal cúmulo de irregularidades en los expedientes administrativos, como en posibles falsificaciones en documentos públicos, que hace inevitable que el Parlamento de Canarias adopte la siguiente Resolución:
Que se remita al Ministerio Fiscal el Informe de la Audiencia de Cuentas de Canarias, de fiscalización limitada del Ayuntamiento de Santa María de Guía, con los antecedentes que obren en dicha Audiencia de Cuentas, con relación a este expediente."
En la Sede del Parlamento, a 17 de mayo de 2000.- El Presidente, José Miguel Bravo de Laguna Bermúdez.
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