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Vista la solicitud presentada por D. Aitor López Ortiz de Salazar, en nombre y representación de la empresa Consultores Canarios Control de Calidad y Asistencia Técnica, para la Acreditación de sus instalaciones de laboratorio, situadas en el Centro Comercial Eurocenter, planta almacenes, locales 84-85, 35100-Maspalomas, Gran Canaria, en el área de:
- Área de control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua (HC).
Dado que el expediente se ha tramitado de conformidad con el Decreto 38/1992, de 3 de abril, del Gobierno de Canarias (B.O.C. nš 47, de 13.4.92), por el que se aprueban las Disposiciones Reguladoras Generales de la Acreditación de Laboratorios de Ensayos para el Control de Calidad de la Edificación, el Real Decreto 1.230/1989, de 13 de octubre (B.O.E. nš 250, de 18.10.89), y la Orden 5.064, de 15 de febrero de 1990 (B.O.E. nš 50, de 27.2.90), del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo, y que consta que se han cumplido todos los trámites reglamentarios.
A propuesta del Servicio de Calidad de las Obras Públicas y de la Edificación de Las Palmas, esta Viceconsejería
HA RESUELTO:
Primero.- Conceder la Acreditación al Laboratorio Consultores Canarios Control de Calidad y Asistencia Técnica, con domicilio social en el Centro Comercial Eurocenter, planta almacenes, locales 84-85, 35100-Maspalomas, Gran Canaria, en el área:
Área de control de hormigón en masa, de cemento, de áridos y de agua, con referencia 08013HC00.
Segundo.- La presente Acreditación tendrá validez en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias por un período de cinco años contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- Las inspecciones periódicas para la verificación del cumplimiento de las condiciones de la Acreditación durante el período de cinco años, se realizarán por el Servicio de Calidad de las Obras Públicas y de la Edificación, de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias.
Cuarto.- Cualquier variación en las condiciones que sirvieron de base para la Acreditación del Laboratorio deberá ser comunicada a esta Viceconsejería en el momento que se produzca.
Quinto.- La presente Resolución se comunicará a la Dirección General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo, del Ministerio de Fomento para su inscripción en el Registro General de Laboratorios Acreditados para el Control de Calidad de la Edificación, con la referencia 08013HC00.
Sexto.- La presente Acreditación queda supeditada a todas las obligaciones y deberes que se deriven del Decreto 38/1992, de 3 de abril, de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, del Real Decreto 1.230/1989, de 13 de octubre, y de la Orden 5.064, de 15 de febrero de 1990, del Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.
Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación/publicación de la presente Resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.
Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de mayo de 2000.- El Viceconsejero de Infraestructuras, Gregorio Guadalupe Rodríguez.
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