Gobierno de CanariasBOC
Página principalÚltimos boletinesArchivo boletines publicadosBúsquedas sencillasBúsquedas potentesDisposición en formato PDF Página anteriorSumarioPágina Siguiente
None
2000/079 - Miércoles 28 de Junio de 2000

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

Regresar al sumario 844 ORDEN de 16 de marzo de 2000, por la que se aprueba definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Santa Cruz de Tenerife que afecta a la U.A.-2 La Salle.

Visto el expediente relativo a la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Santa Cruz de Tenerife que afecta a la UA-2, La Salle.

Resultando que la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 9 de marzo de 2000, formula propuesta de resolución.

Considerando que este Departamento es competente para resolver por tratarse del planeamiento general de municipio capital de provincia y disponerlo así el Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Aprobar definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Santa Cruz de Tenerife que afecta a la UA-2, La Salle, con la salvedad de que el zócalo de ocupación total de la parcela que se contempla en la disposición volumétrica como semisótano tiene la consideración de planta baja, conforme a lo dispuesto en el epígrafe 9.7.26.1.c) de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación municipal.

La publicación de esta Orden Departamental y la exigible al Ayuntamiento por la legislación de Régimen Local determinará la entrada en vigor de la modificación.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, contado desde el siguiente día al de notificación del presente acto administrativo.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 234 de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de marzo de 2000.

EL CONSEJERO DE POLÍTICA

TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE,

Tomás Van de Walle de Sotomayor.

None
© GOBIERNO DE CANARIAS