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BOC Nº 077. Viernes 23 de Junio de 2000 - 816

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

816 - ORDEN de 7 de junio de 2000, por la que se rectifica error en la Orden de 30 de julio de 1999 que resuelve la suscripción, renovación y modificación de conciertos educativos de las enseñanzas de Educación Primaria, Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de Primer y Segundo Grados, Bachillerato Unificado Polivalente, Curso de Orientación Universitaria y de los convenios para impartir Ciclos Formativos de Grado Medio (B.O.C. nº 109, de 16.8.99).

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Advertido error en los anexos I y V de la Orden de este Departamento de 30 de julio de 1999 (B.O.C. nº 109, de 16.8.99), por la que se resuelve la suscripción, renovación y modificación de conciertos educativos de las enseñanzas de Educación Primaria, Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de Primer y Segundo Grados, Bachillerato Unificado Polivalente, Curso de Orientación Universitaria y de los convenios para impartir Ciclos Formativos de Grado Medio.

Visto el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, por la cual las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Vista la competencia que me atribuye el artículo 3 del Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos aprobado por Real Decreto 2.377/1985, de 18 de diciembre,

D I S P O N G O:

Modificar el anexo I de la Orden de este Departamento de 30 de julio de 1999 (B.O.C. nº 109, de 16.8.99), por la que se resuelve la suscripción, renovación y modificación de conciertos educativos de las enseñanzas de Educación Primaria, Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de Primer y Segundo Grados, Bachillerato Unificado Polivalente, Curso de Orientación Universitaria y de los convenios para impartir Ciclos Formativos de Grado Medio, donde dice: CENTRO “S. José MM. Dominicas” de Las Palmas de Gran Canaria, concertar para 1º ciclo de E.S.O. - 1 definitiva, + 1 unidad provisional, debe decir: CENTRO S. José MM. Dominicas de Las Palmas de Gran Canaria, concertar para 1º ciclo de E.S.O. 0 unidades.

Modificar el anexo V de la citada Orden, donde dice: CENTRO “S. José MM. Dominicas” de Las Palmas de Gran Canaria, concertar para 2º ciclo de E.S.O. 7 unidades definitivas, debe decir: concertar para 2º ciclo de E.S.O. 6 unidades definitivas.

Notifíquese la presente Orden al titular del citado centro “San José MM Dominicas” de Las Palmas de Gran Canaria, haciéndole saber que contra la misma, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su notificación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias o potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a partir de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 7 de junio de 2000.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Miguel Ruano León.

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