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BOC Nº 076. Miércoles 21 de Junio de 2000 - 801

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Administración del Estado - Ministerio de Justicia

801 - Secretaría de Estado de Justicia.- Resolución de 31 de mayo de 2000, por la que se aprueba y publica la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, convocadas por Orden de 19 de noviembre de 1998.

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De conformidad con lo establecido en la base 10.1 y siguientes de la Orden de 19 de noviembre de 1998, por la que se convocaban pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, una vez vistas y resueltas las alegaciones de los aspirantes y remitida por el Tribunal Calificador Único la propuesta definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas.

Esta Secretaría de Estado acuerda:

Primero.- Aprobar la propuesta definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas en cada ámbito territorial y que figuran en el anexo I de esta Resolución.

Segundo.- En el plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, los aspirantes que figuran como aprobados en esta relación definitiva, deberán presentar en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle de la Manzana, 2, o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los documentos siguientes:

A) Dos fotocopias compulsadas del Documento Nacional de Identidad.

B) Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención del título, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del título.

C) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de la función de Agentes de la Administración de Justicia, expedido por el Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda al interesado y, en caso de que no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo y organismos correspondientes de las Comunidades Autónomas.

Los aspirantes que tengan la condición legal de discapacitados con grado igual o superior al 33 por 100 deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos Sociales, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, que acredite tal condición y su capacidad funcional para desempeñar las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia.

D) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido separado, mediante procedimiento disciplinario, de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales, ni suspendido en ejercicio de funciones públicas en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera sido rehabilitado (anexo II).

E) El certificado de penales será aportado de oficio por la Secretaría de Estado de Justicia.

Tercero.- Ante la imposibilidad debidamente justificada de no poder presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en derecho.

Cuarto.- Los aspirantes que tuvieran las condiciones de funcionarios públicos estarán exentos de justificar aquellas condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo de que dependan, por la que se acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Quinto.- Quienes dentro del plazo fijado y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Sexto.- Contra la presente Resolución podrán los interesados formular recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, o potestativo de reposición en el plazo de un mes. En ambos casos el plazo contará a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, a 31 de mayo de 2000.- El Secretario de Estado de Justicia, p.o.d., el Director General (29 de octubre de 1996), Carlos Lesmes Serrano.

Ver anexos - páginas 8363-8391

A N E X O I I

D./Dña. ......................................................................................................................................................................................., con domicilio en ................................................................................................................................................................., de .......... años de edad, con D.N.I. nº ................................ declara bajo juramento ..... o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo de Agentes de la Administración de Justicia, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni comprendido en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las disposiciones orgánicas.

En .........................................................................., a ............ de ........................................... de 2000.

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