Gobierno de CanariasBOC
Página principalÚltimos boletinesArchivo boletines publicadosBúsquedas sencillasBúsquedas potentesDisposición en formato PDF Página anteriorSumarioPágina Siguiente
None
2000/073 - Miércoles 14 de Junio de 2000

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

Regresar al sumario 748 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 14 de abril de 2000, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 9 de marzo de 2000, que aprueba definitivamente la modificación puntual del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Arrecife, en la zona Este del Suelo Urbanizable No Programado SUNP-I Altavista II, promovida por la Corporación municipal, término municipal de Arrecife de Lanzarote.

En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 9 de marzo de 2000, por el que se aprueba definitivamente la modificación puntual del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Arrecife, en la zona Este del Suelo Urbanizable No Programado SUNP-1 Altavista II, promovida por la Corporación municipal, término municipal de Arrecife, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de abril de 2000.- El Director General de Ordenación del Territorio, Octavio Fernández Perdomo.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 9 de marzo de 2000, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.2.a) de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias, la modificación puntual del Texto Refundido del Plan General de Ordenación Urbana de Arrecife (Lanzarote), en la zona Este del Suelo Urbanizable No Programado SUNP-1 Altavista II, promovida de oficio por la Corporación municipal, al haberse subsanado la totalidad de los condicionantes impuestos por esta Comisión en sesión celebrada los días 13 y 14 de diciembre de 1999.

Segundo.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será notificado al Ayuntamiento de Arrecife y al Cabildo Insular de Lanzarote.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente acto administrativo.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 234 de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez.

None
© GOBIERNO DE CANARIAS