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BOC Nº 069. Lunes 5 de Junio de 2000 - 696

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

696 - DECRETO 96/2000, de 31 de mayo, por el que se declara el casco de la Villa de Candelaria, isla de Tenerife, Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico.

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La Dirección General de Cultura del Gobierno de Canarias dicta Resolución de 16 de noviembre de 1984 (B.O.C.A.C. nº 99, de 16.8.85), por la que se incoa expediente para la declaración de la Villa de Candelaria, en el término municipal de Candelaria, isla de Tenerife, Bien de Interés Cultural con la categoría de Conjunto Histórico. Por Resolución de la Consejera Insular del Área de Cultura, Educación, Empleo, Juventud y Deporte del Cabildo de Tenerife de 18 de febrero de 2000 (B.O.C. nº 29, de 8.3.00), se rectifica la Resolución de 6 de junio de 1996 de la Consejera Delegada de Patrimonio Histórico en el sentido de añadir los anexos III y IV relativos a la justificación de la delimitación y descripción del Bien. Por Resolución de 5 de mayo de 2000, la Consejera Insular (Accidental) del Área de Cultura, Educación, Empleo, Juventud y Deporte se eleva dicho expediente a la Dirección General de Patrimonio Histórico del Gobierno de Canarias.

La tramitación de dicho expediente se ha llevado a efecto según lo determinado en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (B.O.E. nº 155, de 29.6.85) y Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio (B.O.E. nº 52, de 2.3.94).

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 31 de mayo de 2000,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Declarar el casco de la Villa de Candelaria, en el término municipal de Candelaria, isla de Tenerife, Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico, de acuerdo con la descripción y delimitación que figuran en anexo I, así como su ubicación en plano que se recoge en anexo II a este Decreto.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de mayo de 2000.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Román Rodríguez Rodríguez.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

José Miguel Ruano León.

A N E X O I

Descripción.

Los factores que históricamente condicionaron la configuración del núcleo histórico de la Villa de Candelaria fueron principalmente la devoción mariana y la topografía. Respecto al primero, se tiene por muy probable que los orígenes de la población daten de la época prehispánica, vinculados a la imagen de la Virgen de Candelaria, la cual se habría trasladado junto con sus custodios a la cueva de Achbinico. Tanto el plano actual de la ciudad como la cartografía histórica presentan una zona litoral cuyas edificaciones se articulan en función del fenómeno mariano: de sur a norte, hallamos la Ermita de San Blas, el Convento Dominico, el Santuario de la Candelaria, la Casa del Cabildo, la plaza, prolongándose hacia el norte en la calle Obispo Pérez Cáceres. Respecto al segundo: la topografía, también ésta ha determinado la configuración del núcleo en una zona baja, la costa y la llanura aluvial del barranco de las Tapias, y otra más elevada, en las márgenes del barranco: Risco de la Magdalena y barrio de Santa Ana. El desnivel impone en esta zona calles de traza alambicada y viviendas escalonadas en derredor del santuario y la plaza. Asimismo se estableció una diferenciación social en virtud de la topografía: hasta cierto punto, el carácter más aristocrático de la primera zona, con las importantes familias y autoridades que allí residían temporalmente, especialmente durante las fiestas, contrasta con el marcado perfil popular de modestas construcciones en la zona elevada, lugar de residencia de la población estable, dedicada principalmente a la pesca. Será a partir de finales del siglo XVII, desde el momento en que se abandonan definitivamente los proyectos de traslación de la Virgen, que la localidad se consolida. El Cabildo construye una casa para concurrencia de sus miembros a la procesión del 2 de febrero y varias familias imitan la decisión del Cabildo y edifican sus residencias ocasionales en la calle San Blas, y en la zona de Santa Ana, en torno a la Ermita. Si bien esta segregación se ha desleído con el tiempo, -han desaparecido las casas de San Blas y, principalmente, el barrio de Santa Ana se ha convertido en un enclave privilegiado-, aún nos encontramos en las inmediaciones de la iglesia varias casas terreras que aprovechan antiguas cuevas y auchones de piedra seca.

Dentro de lo más destacado de este Conjunto Histórico, podemos encontrar:

La Ermita de San Blas: en el extremo sur del perímetro, es una construcción de planta cuadrada en la boca de la cueva de Achbinico; su interior combina dos espacios; el de la nave, de fábrica, y la capilla, en el interior de la cueva. Hacia el exterior, ofrece dos portadas, norte y este, la cubierta es a tres aguas, y enlaza con la boca de la cueva disponiendo una transición de cantos de playa y de la propia cueva con argamasa.

Convento Dominico: restaurado en los años cincuenta, cuenta con dos fachadas: hacia la plaza de la Patrona de Canarias (norte) y hacia el mar (este), esta última es de tres plantas, con balcón corrido ocupando toda la fachada de su parte superior, la fachada principal, en estilo neoclásico, es de dos plantas, con vanos rectangulares orlados de cantería y ordenados simétricamente. Presenta medias columnas de orden corintio y cornisa retranqueada en la portada; sobre ésta, también en piedra, el escudo de la orden. El claustro tiene la galería alta cerrada, de fábrica, en el corredor bajo se cuentan 20 pies derechos octogonales, de base cuadrada, sobre pedestal de cantería y con zapatas. Al cabo de las crujías, junto a las esquinas, hallamos arcos de medio punto apeando en pilastras de orden dórico.

Santuario de la Virgen de Candelaria: obra llevada a cabo con arreglo a los planos del arquitecto José Enrique Marrero Regalado, respetando posiblemente la planta diseñada a principios del siglo XIX por Manuel Martín Rodríguez. El templo con tres naves y crucero. Hacia el exterior presenta dos fachadas con portadas idénticas, la principal, a los pies del templo, da a la fuente de los Peregrinos (oeste), la otra mira hacia la plaza de la patrona de Canarias (norte). La portada se compone de un frontón partido que acoge entre sus pilastras dóricas un arco peraltado, con la clave resaltada y de mayor rosca, dentro del cual se inscribe a su vez un pórtico coronado con roleos y un modillón sosteniendo una cruz (inserta en moldura semicircular, festoneada de conchas). En el frontón se ha practicado un nicho con ménsula rodeado por una moldura de traza mixtilínea. Dos torres idénticas encuadran la fachada. Tras un primer cuerpo de piedra falsa, suceden los paramentos blancos; unas cruces de cemento con alma de hierro recorren todo el cuerpo hasta la base de unos balcones de piedra, con vanos de medio punto flanqueados de volutas y pendolones. Las torres rematan en una pequeña cubierta de teja y en sendos pináculos. Desde la plaza se puede observar la nave central, y sobre la portada sobresalen el cimborrio y la linterna. Hacia la cabecera, junto al convento dominico, se levanta otra torre de similares características que las de la fachada principal, bien que de mayor altura, con más ventanos pareados siguiendo la elevación de la cruz y con un balcón corrido en el cuerpo superior, de madera con una base de cemento.

Casa del Cabildo: al oeste del santuario, en la desembocadura del barranco de las Tapias y con la fachada principal hacia la fuente de los Peregrinos. La Casa, comenzada en la primera mitad del siglo XVII, se reconstruyó totalmente hacia 1755. La fachada muestra un remate almenado y un balcón corrido en base de canes dobles, antepecho de cojinetes lisos y balaustres torneados. El interior se estructura a partir de un patio cuadrado, de una sola planta, con delgados pies derechos coronados por zapatas mixtilíneas.

Plaza de la Patrona de Canarias: se abre al norte del santuario; al este en la calle San Blas, junto a la playa, se yerguen los nueve bronces de los menceyes, obra de José Abad.

Calle Obispo Pérez Cáceres: desemboca en la Plaza de la Patrona de Canarias, corre paralela al mar, de sur a norte. En esta calle se alternan unas construcciones urbanas de finales del siglo XIX y principios del siglo XX -alguna que otra de aire ecléctico- y otras de construcción reciente. Las primeras cuentan con una sola planta, una o dos ventanas y parapeto ocultando el tejado. A espaldas de esta calle, en la avenida de los Condes de Abona, merece reseña, únicamente, una vivienda tradicional de dos plantas, distribución irregular de los vanos, cubierta a cuatro aguas y balcón.

Iglesia y barrio de Santa Ana: la iglesia contaba en el siglo XVII con una simple capilla, ampliada a mediados del siglo XVIII. El hastial, orientado al noroeste, ofrece un remate triangular ocultando la cubierta; dos fajas de cantería encuadran una portada a dos alturas, con volutas armonizando la transición entre los niveles; corona un pendolón con una cruz que lleva inscrita la fecha de 1755. En el lado derecho se alza una torre-espadaña con pináculo. El cañón de la nave, con cubierta a dos aguas, es de menos altura que el presbiterio, que dispone de cubierta a cuatro aguas. Hacia el lado del Evangelio, se abre una pequeña capilla. La sacristía se encuentra adosada a la cabecera (suroeste) del templo y muestra un balcón hacia el lado de la capilla. En el interior destaca una cubierta de par y nudillo, con tirantes dobles adornados de lacería, y el arco toral, que demarca el presbiterio. La mayoría de las casas de este barrio se orientan hacia el santuario y el mar (este). Se conserva, sobre todo en las inmediaciones de la iglesia, un núcleo bastante compacto de casas de una o dos plantas y tejado a cuatro aguas.

Risco de la Magdalena: al sur de la calle Antón Guanche se escalonan, junto con otras casas de factura moderna, algunas de una sola planta y de corte tradicional. Se trata de viviendas populares similares a las más antiguas de la zona de Santa Ana. Comparten, en la base del promontorio, plaza con la fachada occidental de la Casa del Cabildo.

Pozo de la Virgen: un islote incluido en la delimitación, al norte del perímetro o de la zona nuclear de Candelaria. Actualmente lo rodea un pequeño muro rectangular y almenado. Este pozo fue uno de los pocos puntos de aguada en la zona, daba agua dulce en la bajamar y salobre en la pleamar.

Delimitación.

Este Conjunto Histórico-Artístico abarca una superficie delimitada por la línea de la playa, a la altura de la Ermita de San Blas; esta línea sube por el risco de la Magdalena siguiendo ésta por su cumbre hasta la calle Antón Guanche tomando luego el principio de la calle Santa Ana, encerrando los contornos de la Iglesia del mismo nombre, para prolongarse por la calle San Roque, haciendo luego una serie de quiebras con objeto de dejar dentro del conjunto, algunas casas con interés ambiental, en perpendicular a la playa hasta la trasera de las casas de la calle Obispo Pérez Cáceres, quedando dentro del recinto las casas de esta calle (las de un lado y las del otro), llegando hasta la calle de Santa María de Abona; acabando esta línea de cierre otra vez en el mar.

Igualmente queda incluido como islote, el Pozo de la Virgen, declarado como Monumento, situado fuera de la delimitación descrita.

Ver anexos - página 7404

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