

|
|
|
R E S U E L V O:
1. Notificar a la entidad Dña. Inmaculada Lorenzo García, cuyo último domicilio conocido es en la calle Fernando Guanarteme, 159, letras A, B y F, del municipio de Las Palmas de Gran Canaria, la Resolución de la Dirección General de Protección del Menor y la Familia nē 2595, de 30 de diciembre de 1999, y cuya parte dispositiva dice textualmente:
Primero.- Iniciar de oficio la resolución del contrato administrativo de servicios, suscrito con fecha 22 de febrero del actual, con la empresa adjudicataria Dña. Inmaculada Lorenzo García, inscrito en el Registro de Contratos de esta Comunidad Autónoma, con el nē 1999/868.
Segundo.- Proceder a la incautación de la garantía definitiva, por importe de 360.000 pesetas, descontado en el primer documento contable de pago realizado a favor de la empresa adjudicataria, con fecha 14 de octubre del actual, figurando el mismo con número de captura del PICCAC 53395, al amparo de lo dispuesto en el artículo 42.1 de la Ley 13/1995, de 18 de marzo, de Contratos de Las Administraciones Públicas, constituida para responder de las obligaciones derivadas de la presente contratación, debiendo además el adjudicatario, indemnizar a la Administración los posibles daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada.
Tercero.- Se notifique la presente Resolución de inicio, debiendo darse audiencia al contratista, en el plazo de diez días naturales, para que en el plazo de diez días, presente las alegaciones y documentos justificativos que estime pertinentes.
2. Notificar a dicha entidad Dña. Inmaculada Lorenzo García que, contra dicha Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Ilma. Sra. Viceconsejera de Asuntos Sociales, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación conforme establece el artē. 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
3. Remitir la presente Resolución al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para su publicación en el tablón de edictos correspondiente, así como al Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de abril de 2000.- La Directora General de Protección del Menor y la Familia, Esperanza Sastre Varela.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |