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2000/065 - Viernes 26 de Mayo de 2000

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

Regresar al sumario 1832 Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 8 de marzo de 2000, sobre notificación de la imposición de sanción y apercibimiento de multa coercitiva recaídos en el expediente S-37/98, dirigida a Construcciones, Ventas y Promociones Faca, S.L.

Habiendo sido intentada sin que pudiera practicarse, las notificaciones de imposición de sanción y apercibimiento de multa coercitiva recaída en el expediente S-37/98, mediante carta certificada con acuse de recibo al domicilio consignado, y siendo necesario notificarle dicho trámite al ser parte interesada y conforme a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 285, de 27.11.92 y nº 12, de 14.1.99),

R E S U E L V O:

Notificar a Promociones, Ventas y Promociones Faca, S.L. la imposición de sanción y apercibimiento de multa coercitiva de fecha 3 de diciembre de 1999 recaída en el expediente referenciado, cuya parte dispositiva dice textualmente:

“En relación con el expediente referenciado, le comunico, para su conocimiento y efectos oportunos, que con esta fecha se ha procedido a remitir a la Consejería de Economía y Hacienda certificación de descubierto para su exacción por la vía de apremio, por la cantidad de doscientas cincuenta mil (250.000) pesetas, correspondiente al importe de la sanción impuesta por Resolución firme de esta Dirección General de fecha 9 de septiembre de 1999.

Asimismo, se le apercibe de la obligación de proceder a la ejecución de lo ordenado por la referida Resolución, consistente en el reintegro a D. Miguel Ángel Díaz Camacho y Dña. Elena Margarita Fumero Martín, la cantidad de ochocientas setenta y cinco mil quinientas cuarenta y siete (875.547) pesetas importe del sobreprecio recibido, ya que, en caso contrario, se le impondrán sucesivas multas coercitivas hasta el total cumplimiento de lo ordenado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58 del Real Decreto 3.148/1978, de 10 de noviembre (B.O.E. nº 14, de 16.1.79), por el que se desarrolla el Real Decreto-Ley 31/1978, de 31 de octubre, sobre política de vivienda, en relación con los artículos 96.C) y 99 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 285, de 27.11.92 y nº 12, de 14.1.99).

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de marzo de 2000.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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