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BOC Nº 065. Viernes 26 de Mayo de 2000 - 1831

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

1831 - Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 16 de febrero de 2000, sobre notificación de Pliego de Cargos recaído en el expediente sancionador S-19/99, dirigida a Inversiones La Postura, S.L.

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Habiendo sido intentada sin que pudiera practicarse, mediante carta certificada con acuse de recibo al domicilio consignado, la notificación de Pliego de Cargos con fecha 7 de septiembre de 1999, recaída en el expediente sancionador S-19/99, dirigida a Inversiones La Postura, S.L., como consecuencia de la denuncia formulada contra la misma por infracción de la reglamentación vigente en materia de viviendas de protección oficial, no teniendo constancia de su recepción y siendo necesario notificarle dicho trámite al ser parte interesada y conforme a lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 285, de 27.11.92 y B.O.E. nº 12, de 14.1.99),

R E S U E L V O: Notificar a Inversiones La Postura, S.L. el Pliego de Cargos, con fecha 7 de septiembre de 1999, recaído en el expediente sancionador S-19/99, cuya parte dispositiva dice textualmente: “Que como consecuencia del expediente sancionador S-19/99, incoado por orden del Ilmo. Sr. Directos General de Vivienda, se formula a la Promotora Inversiones Las Postura, S.L., el correspondiente Pliego de Cargos, conforme a lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por el Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. nº 216, de 7.9.68) bajo apercibimiento de que de no contestarlo en el plazo de ocho días hábiles a partir del siguiente al de su notificación, se dará por evacuada el trámite, siguiendo su curso el expediente.

CARGO La infracción del artículo 153.C).6 del vigente Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por el Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, que tipifica como falta muy grave “la negligencia de promotores, constructores y facultativos durante la ejecución de las obras, que diesen lugar a vicios o desperfectos que afecten a la edificación y que se presenten dentro de los cinco años siguientes a la Calificación Definitiva de las Viviendas de Protección Oficial”. Las deficiencias denunciadas en la vivienda de protección oficial, promoción privada, sita en la calle Constitución, Edificio “Constitución”, bloque A, apartamento 13, 3º, en el término municipal de Adeje, Expediente Viviendas de Protección Oficial nº 38-IE-0101/95-001, son las siguientes: “1.- En parte baja de paramento del pasillo -pared de división de propiedades-, se observan manchas secas de humedad por capilaridad y desprendimientos de la pintura al gotelé.

2.- Coincidiendo con las guías de varias puertas de paso, las losetas cerámicas del pavimento presentan manchas y que según manifiesta la propiedad en la visita no han podido limpiar a pesar de la utilización de diversos productos.” Contra este Pliego de Cargos, formulado a Inversiones La Postura, S.L. se le concede un plazo de ocho días hábiles para contestarlo, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y tablón de edictos del Ayuntamiento, y en su caso solicitar la práctica de pruebas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del vigente Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, bajo el apercibimiento de que, de no contestarlo en el plazo señalado se dará por evacuado el trámite, siguiendo su curso el expediente.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de febrero de 2000.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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