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PROVIDENCIA.- Conforme establece el artículo 146 del Reglamento General de Recaudación y acordada la subasta de la manera prevista en el artículo 145 del mencionado texto legal, de los bienes inmuebles trabados al deudor a la Hacienda Pública del Gobierno de Canarias, Eugenio Montoro Martinón, con N.I.F. 42.710.558 H, por débitos que ascienden a la cantidad de 12.025.352 pesetas por principal y recargo más los intereses y costa que se causen, por los conceptos de A.P.I.C. e I.G.I.C., se señala el próximo día 24 de mayo, a las 10,00 horas en la Sala de Juntas de la Intervención General en la sede de la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, calle Fernando Guanarteme, 2, Las Palmas de Gran Canaria, para la celebración de la misma, fijándose como tipo de subasta para licitar por cada lote la cantidad de dos millones doscientas veintinueve mil quinientas (2.229.500) pesetas.
Notifíquese al deudor, a su cónyuge y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios si los hubiere, y anúnciese por edicto que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, y se expondrá en el tablón de anuncios de la Consejería de Economía y Hacienda.
En cualquier momento anterior al de la adjudicación de los bienes podrán liberarse los bienes embargados pagando los débitos y costas del procedimiento.
Bienes objeto de la subasta:
LOTE UNO
1º) urbana.- Plaza de garaje, número diecinueve en la planta primera del edificio sito en la calle Sagasta, 68.
FINCA Nº 8.798, Tomo 1.963, Libro 95 en el Registro de la Propiedad de Las Palmas nº 4.
2º) URBANA.- Plaza de garaje, número dieciocho en la planta primera del edificio sito en la calle Sagasta, 68.
FINCA Nº 8.797, Tomo 1.963, Libro 95 en el Registro de la Propiedad de Las Palmas nº 4.
En cumplimiento de los mencionados preceptos se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen tomar parte en la subasta lo siguiente:
1º) Podrán tomar parte en la subasta todas las personas que tengan capacidad de obrar con arreglo a derecho, no tengan impedimento o restricción legal y se identifiquen por medio del D.N.I. o pasaporte y con documento que justifique, en su caso, la representación que ostente.
2º) Todo licitador deberá constituir ante la Mesa de Subasta, depósito, al menos del 20% del tipo de aquélla.
Cuando el licitador no resulte adjudicatario del bien, podrá aplicar el depósito a lotes sucesivos, siempre que cubra el 20% de cada uno.
3º) El depósito de los adjudicatarios se ingresará en firme en el Tesoro y deberán completar el precio del remate en el acto de la adjudicación o en los cinco días siguientes. En otro caso perderán el importe del depósito y quedarán obligados a resarcir a la Administración por los perjuicios causados.
4º) Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de la subasta hasta una hora antes del comienzo de ésta. Dichas ofertas, que tendrán el carácter de máximas, serán registradas en el Registro de la Tesorería Territorial de Las Palmas de la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias y deberán ir acompañadas de cheque conformado, extendido a favor del Gobierno de Canarias Tesorería de la Comunidad Autónoma de Canarias, por el importe del depósito.
5º) El valor de las pujas, según el tipo establecido, se incrementará de acuerdo con la siguiente escala:
TIPO DE LA SUBASTA VALOR PUJAS Hasta 50.000 500 pesetas de 50.001 a 100.000 1.000 pesetas de 100.001 a 250.000 2.500 pesetas de 250.001 a 500.000 5.000 pesetas de 500.001 a 1.000.000 10.000 pesetas de 1.000.001 a 2.500.000 25.000 pesetas de 2.500.001 a 5.000.000 50.000 pesetas de 5.000.001 a 10.000.000 100.000 pesetas más de 10.000.000 250.000 pesetas6º) La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas del procedimiento.
7º) No existen cargas preferentes que afecten al bien a subastar.
8º) Los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad de los bienes que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros, encontrándose de manifiesto aquéllos en las Oficinas de la Recaudación Ejecutiva de la Tesorería Territorial de Las Palmas, hasta una hora antes de la señalada para la celebración de la subasta.
9º) Cuando en la licitación no se hubiera cubierto la deuda y queden bienes sin adjudicar, la Mesa anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa.
Sin embargo, en el mismo acto de la primera licitación, la Mesa podrá optar por celebrar una segunda licitación, fijándose un nuevo tipo que será del 75 por 100 del tipo de subasta en primera licitación, previa deliberación sobre la conveniencia de la misma.
10º) Los deudores con domicilio desconocido, así como los acreedores hipotecarios o pignoraticios desconocidos, se tendrán por notificados con plena virtualidad legal, por el presente anuncio.
Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de abril de 2000.- La Tesorera Territorial, Clara Díaz Monzón.
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