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BOC Nº 059. Viernes 12 de Mayo de 2000 - 595

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Presidencia

595 - Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.- Resolución de 12 de abril de 2000, por la que se otorgan destinos correspondientes al concurso de traslados de 1 de diciembre de 1999, que ofertaba plazas vacantes de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia.

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Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso de traslados convocadopor Resolución de 1 de diciembre de 1999 (B.O.E. de 2 de diciembre) para cubrir plazas vacantes entre Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia.

Esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 455 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y los artículos 54, 55 y 57 del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, ha dispuesto:

Primero.- Hacer públicos los destinos que con carácter definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado en el concurso de traslados convocado por Resolución de fecha mencionada anteriormente, que se corresponden con los relacionados en el anexo I de la Resolución de convocatoria.

Segundo.- Excluir del concurso de traslados a los funcionarios que en anexo II se relacionan.

Tercero.- Declarar caducadas las instancias presentadas por los participantes en el presente concurso que no han obtenido destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concursos de traslados.

Cuarto.- Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el presente concurso salvo que se pretendan amortizar mediante modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de un Centro de Trabajo, por lo que se cubrirán en la forma prevista en el artº. 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por funcionarios de nuevo ingreso.

Quinto.- El cese deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, debiendo posesionarse del nuevo destino obtenido por concurso en los tres días naturales siguientes al cese si no hay cambio de localidad o en los 10 días naturales siguientes en caso contrario. El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso.

Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la Administración de Justicia en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes, el plazo posesorio deberá computarse desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, pero en el presente caso dicho plazo no resulta retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes y por tanto no puede ser computado como de servicios efectivos.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo y no quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente, Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su actual destino, un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en caso contario, salvo aquellos casos en que hayan de desplazarse a Canarias, Islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días [artº. 66.1.g) del Reglamento Orgánico], teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso.

Por la Comunidad Autónoma competente o la Gerencia Territorial que corresponda, se les concederá la excedencia de oficio en el Cuerpo de procedencia si ésta se produce en un Cuerpo al servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o Agentes, al objeto de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen plazas que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la posesión del titular.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Justicia y Seguridad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de abril de 2000.- El Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, Salvador Iglesias Machado.

Ver anexos - páginas 5933-5934

A N E X O I I

CONCURSO: 1.12.99 (B.O.E. de 2.12.99)

ÁMBITO: CANARIAS.

AUXILIARES

Excluir del concurso por no llevar un año a los siguientes funcionarios:

GARCÍA MARTÍN, Luis Miguel. PASCUAL GONZÁLEZ, Olvido.

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