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BOC Nº 058. Miércoles 10 de Mayo de 2000 - 587

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

587 - Dirección General de Personal.- Resolución de 28 de abril de 2000, por la que se hace pública la composición y la isla de actuación del Tribunal que ha de juzgar la prueba de acreditación del conocimiento del castellano, en los procedimientos selectivos convocados por Órdenes de 21 de febrero de 2000, para ingreso y acceso a los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.

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De acuerdo con lo establecido en la base sexta y la base común 6 de las Órdenes de 21 de febrero de 2000 (B.O.C. de 23), por las que se convocan los procedimientos selectivos para ingreso y acceso a los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, esta Dirección General de Personal

R E S U E L V E:

Hacer pública, como a continuación se señala, la composición y la isla de actuación del Tribunal que ha de juzgar la prueba de acreditación del conocimiento del castellano que realicen los aspirantes que no posean la nacionalidad española, por no haber justificado estar en posesión de alguno de los títulos a los que se refieren los apartados 3.2.2.c) de las Órdenes de convocatorias:

Tribunal de acreditación del conocimiento del castellano:

Isla de actuación: Gran Canaria.

Presidenta titular: 42658495 Cancio León, Teresa.

Presidenta suplente: 42743416 Henríquez Pérez, Isabel.

Vocales titulares: 42710098 Díaz Delgado, Delia. 42144228 Martín Martín, Teresa. 78462235 Calcines Molina, María del Carmen. 42815193 Rojas-O’Donnel Martín, Leopoldo Luis.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse; dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de abril de 2000.- El Director General de Personal, Alberto Génova Galván.

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