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BOC Nº 057. Lunes 8 de Mayo de 2000 - 1554

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

1554 - Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 9 de marzo de 2000, sobre notificación de Pliego de Cargos dictado en los expedientes de desahucio administrativo D-45/00, D-46/00, D-47/00, D-48/00, D-50/00, D-51/00 y D-53/00, por encontrarse en ignorado domicilio los interesados.

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Encontrándose en ignorado domicilio las personas que a continuación se citan, adjudicatarias de las viviendas de promoción pública que seguidamente se relacionan, a la vista de los informes policiales emitidos en la tramitación de los expedientes de desahucio administrativo referenciados que se siguen contra las mismas por infracción del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92),

R E S U E L V O:

Notificar a las personas que a continuación se relacionan, los respectivos Pliegos de Cargos formulados en los expedientes administrativos de desahucio que les han sido incoados:

PLIEGO DE CARGOS:

- A D. Antonio Odón Santana Rodríguez, expediente D-45/00, incoado con fecha 9 de marzo de 2000, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 864 Viviendas Lanzarote, calle Magistrado Roca Ponsa, 9, piso 5 I, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la legislación de viviendas de protección oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- A D. Joaquín Vargas Macías, expediente D-46/00, incoado con fecha 9 de marzo de 2000, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 47 Viviendas Los Ficus I, calle Sargento Provisional, bloque 39, piso 3º B, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la legislación de viviendas de protección oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- A D. José Luis Santiago Suárez, expediente D-47/00, incoado con fecha 9 de marzo de 2000, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 50 Viviendas Llanos D. Polvo Vivienda, 20, en el término municipal de Santa Lucía, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la legislación de viviendas de protección oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- A D. Santiago Pérez Ramos, expediente D-48/00, incoado con fecha 9 de marzo de 2000, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 1052 Viviendas Polígono de Jinámar, Fase I, bloque 24, piso 4º A, en el término municipal de Telde, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la legislación de viviendas de protección oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- A D. Julián Toledo García, expediente D-50/00, incoado con fecha 9 de marzo de 2000, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 111 Viviendas Tablero de Maspalomas, bloque 9 (28) A, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la legislación de viviendas de protección oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

-A D. Jorge Enríquez Díaz Hernández, expediente D-51/00, incoado con fecha 9 de marzo de 2000, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 50 Viviendas Puerto del Rosario, calle La Juventud, 5, vivienda 40, en el término municipal de Puerto del Rosario, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la legislación de viviendas de protección oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- A Dña. María Aguilar Galván, expediente D-53/00, incoado con fecha 9 de marzo de 2000, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 111 Viviendas Tablero de Maspalomas, bloque 5 (Nuevo 51-H), en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la legislación de viviendas de protección oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

Contra el presente Pliego de Cargos podrán los interesados formular alegaciones en el plazo de ocho días contados a partir de la publicación de la presente, conforme a lo establecido en el artº. 142 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial. Asimismo y en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica a los interesados que el plazo máximo establecido para que se proceda a la notificación de la resolución expresa es de tres meses, contados a partir del día siguiente al de la incoación, transcurrido el cual se producirá la caducidad del expediente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de marzo de 2000.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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