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2000/052 - Viernes 28 de Abril de 2000

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

Regresar al sumario 1455 Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 14 de marzo de 2000, del Director, relativo a notificación de la Resolución de 17 de febrero de 2000, por la que se corrigen los errores materiales detectados en la Resolución de 7 de enero de 2000, que pone fin al procedimiento de reintegro iniciado a la empresa Marcos Cabrera, S.C.- Expte. nº 6.382/94.

Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de la Resolución por el que se corrigen los errores materiales detectados en la Resolución del Director del ICFEM nº 28, de fecha 7 de enero de 2000 citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Marcos Cabrera, S.C. de la Resolución por la que se corrigen los errores en la Resolución del Director del ICFEM nº 28, de 7 de enero de 2000, dictada por Resolución del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo nº 520, de fecha 17 de febrero de 2000, cuyo tenor literal es el siguiente:

“Examinada la Resolución de este Centro Directivo nº 28, de fecha 7 de enero de 2000, y teniendo en cuenta que:

ANTECEDENTES

Primero.- La Resolución citada declaró procedente el reintegro de la subvención concedida, por importe de un millón cuatrocientas cincuenta y cuatro mil (1.454.000) pesetas, a la empresa Marcos Cabrera, S.C., por la conversión de dos puestos de trabajo de carácter temporal en indefinidos, acogiéndose a la convocatoria establecida por Orden de 30 de agosto de 1994 (B.O.C. nº 108, de 2.9.94).

Segundo.- Los errores materiales detectados en la Resolución mencionada, concretamente en el párrafo primero, en el antecedente de hecho tercero y en el fundamento jurídico primero, consistentes en la errónea consignación del año en que se dictó el Acuerdo de inicio del procedimiento de reintegro.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 105.2 de la Ley Estatal 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley Estatal 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común [LRJ-PAC], establece que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

Segundo.- Por lo tanto, procede rectificar los errores materiales producidos en la Resolución de fecha 7 de enero de 2000, y especificar que el año en que se dictó el Acuerdo de inicio del procedimiento de reintegro fue el de 1999 y no el de 1995 como se consigna en la Resolución de reintegro mencionada.

Tercero.- La competencia para rectificar un error material detectado en una Resolución de reintegro corresponde al mismo Órgano que la dictó (artículo 105.2 de la LRJ-PAC, en concordancia con el 33.2 del Decreto Territorial 6/1995, de 27 de enero).

En consecuencia,

R E S U E L V O:

1º) Corregir los errores materiales detectados en la Resolución del Director del ICFEM nº 28, de fecha 7 de enero de 2000, concretamente en el párrafo primero, en el antecedente de hecho tercero y en el fundamento jurídico primero, consistentes en la errónea consignación del año en que se dictó el Acuerdo de inicio del procedimiento de reintegro. Así, donde dice “... 31 de mayo de 1995 ...”, debe decir “... 31 de mayo de 1999 ...”.

2º) El resto del contenido de la Resolución del Director del ICFEM nº 28, de fecha 7 de enero de 2000, permanece inalterable.

3º) Notificar a la interesada la presente Resolución con la indicación de que, contra ésta, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación del presente acto.”

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de marzo de 2000.-El Director, p.d., el Jefe del Servicio de Administración General (Resolución nº 3552, de 26.11.99), José Arturo Matheu Delgado.

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