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R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de las Resoluciones que figuran en el anexo a la presente.
Segundo.- Significar a los interesados que dichas resoluciones no ponen fin a la vía administrativa, por lo que podrán interponer contra ellas recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la práctica de su publicación.
Santa Cruz de Tenerife, a 2 de marzo de 2000.- El Director, Antonio Sierra López.
A N E X O
1º) Resolución por la que se ordena la baja en el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, de la consulta de odontología, situada en la calle El Toscal, bajo 4, El Toscal, Los Realejos, cuyo titular es D. Tibor Peter Tatar.
Vista la propuesta del Jefe de Servicio de Acreditación, Evaluación y Conciertos de esta Dirección, relativa al expediente de la consulta de odontología, situada en la calle El Toscal, bajo 4, El Toscal, término municipal de Los Realejos, cuyo titular es D. Tibor Peter Tatar.
En la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1.- Por Resolución de 8 de junio de 1998, de esta Dirección, se concede a D. Tibor Peter Tatar autorización de funcionamiento para la consulta de odontología, situada en la calle El Toscal, bajo 4, El Toscal, término municipal de Los Realejos, quedando inscrita en el Registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios con el nº 1235.
2.- Con fecha 1 de octubre de 1999, el Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos comunica la baja por fallecimiento de D. Tibor Peter Tatar. Examinado el expediente relativo a dicho centro se constata que la citada persona, además de ser el titular, es el único profesional que presta los servicios en dicha consulta.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I.- De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. nº 129, de 6.10.97), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente el Director del Servicio Canario de la Salud.
II.- El artículo 20.1 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, encomienda a la Dirección del Servicio Canario de la Salud la obligación de mantener actualizado el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias.
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Proceder a la baja en el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, de la consulta de odontología situada en la calle El Toscal, bajo 4, El Toscal, término municipal de Los Realejos, cuyo titular es D. Tibor Peter Tatar.- Santa Cruz de Tenerife, a 25 de octubre de 1999.- El Director del Servicio Canario de la Salud, Antonio Sierra López.
2º) Resolución por la que se ordena la baja en el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, de la consulta de odontología, situada en la calle Domingo Hernández, 4º B, La Guancha, cuyo titular es D. Esmir Brun Brun.
Vista la propuesta del Jefe de Servicio de Acreditación, Evaluación y Conciertos de esta Dirección, relativa al expediente de la consulta de odontología, situada en la calle Domingo Hernández, 4º B, término municipal de La Guancha, cuyo titular es D. Esmir Brun Brun.
En la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1.- Por Resolución de 5 de noviembre de 1997, de esta Dirección, se concede a D. Esmir Brun Brun autorización de funcionamiento para la consulta de odontología, situada en la calle Domingo Hernández, 4º B, término municipal de La Guancha, quedando inscrita en el Registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios con el nº 0917.
2.- Con fecha 1 de octubre de 1999, el Colegio Oficial de Odontólogos y Estomatólogos comunica la baja por fallecimiento de D. Esmir Brun Brun. Examinado el expediente relativo a dicho centro se constata que la citada persona, además de ser el titular, es el único profesional que presta los servicios en dicha consulta.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I.- De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. n º 129, de 6.10.97), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente el Director del Servicio Canario de la Salud.
II.- El artículo 20.1 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, encomienda a la Dirección del Servicio Canario de la Salud la obligación de mantener actualizado el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias.
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Proceder a la baja en el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias de la consulta de odontología, situada en la calle Domingo Hernández, 4º B, término municipal de La Guancha, cuyo titular es D. Esmir Brun Brun.- Santa Cruz de Tenerife, a 25 de octubre de 1999.- El Director del Servicio Canario de la Salud, Antonio Sierra López.
3º) Resolución por la que se ordena la baja, por cierre, en el Registro de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, del establecimiento sanitario Centro Visión Óptica, situado en la calle León y Castillo, 183, Las Palmas de Gran Canaria.
Vista la propuesta del Jefe de Servicio de Acreditación, Evaluación y Conciertos de esta Dirección, relativa al establecimiento sanitario Centro Visión Óptica (Establecimiento de Óptica), situado en la calle León y Castillo, 183, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, y cuyo titular es D. Bernabé Rodríguez Martín.
En la que constan los siguientes
ANTECEDENTES
1.- Por Resolución nº 12LPA, de esta Dirección, de 13 de enero 1998, por la que se concede autorización de funcionamiento al citado establecimiento sanitario. Figura inscrito en el Libro de Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias con el nº 1.041.
2.- Con fecha 5 de octubre de 1999, Dña. Consuelo Alzola Lobón, Óptica colegiada que regenta dicho establecimiento, comunica el cierre del mismo.
3.- Inspección realizada con fecha 11 de octubre de 1999 (Acta de Inspección nº 270/99GC), en la que se comprueba su inexistencia.
A los que son de aplicación las siguientes
CONSIDERACIONES
I.- De conformidad con los artículos 60.1 de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias (B.O.C. nº 96, de 5.8.94), 9.2.c) del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud (B.O.C. nº 32, de 15.3.95) y 5.2.a) del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre (B.O.C. n º 129, de 6.10.97), por el que se regulan las autorizaciones de instalación y funcionamiento de centros, servicios, establecimientos y actividades sanitarias, es competente para resolver el Director del Servicio Canario de la Salud.
II.- El artículo 19 del Decreto 225/1997, de 18 de septiembre, dispone que el titular o representante legal que quiera cerrar un centro, servicio o establecimiento sanitario, deberá comunicarlo por escrito a la Dirección del Servicio Canario de la Salud, para proceder, cuando corresponda, a su baja en el Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias. Si bien en este caso, no fue comunicado dicho cierre por su titular, éste ha sido constatado mediante inspección, por lo que, en cumplimiento de la obligación impuesta por el artículo 20.1 de mantener actualizado dicho Registro por la Dirección del Servicio Canario de la Salud, procede su baja.
En virtud de lo expuesto,
R E S U E L V O:
Primero.- Proceder a la baja en el Registro de Centros, Servicios, Establecimientos y Actividades Sanitarias del establecimiento sanitario Centro Visión Óptica (Establecimiento de Óptica), situado en la calle León y Castillo, 183, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria.
Segundo.- Notificar esta Resolución a D. Bernabé Rodríguez Martín, significándole que no es firme en la vía administrativa, pudiendo ser recurrida en alzada ante el Consejero de Sanidad y Consumo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la práctica de la notificación.- Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de octubre de 1999.- El Director del Servicio Canario de la Salud, Antonio Sierra López.
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