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R E S U E L V O:
Notificar a la entidad mercantil Coninor, S.L. la Resolución de fecha 4 de noviembre de 1999, obrante en el expediente sancionador de referencia, cuya parte dispositiva dice textualmente:
“Sancionar a la entidad mercantil Coninor, S.L., con multa de 250.000 pesetas como autora de una infracción muy grave al régimen legal de V. P.O., tipificado en el artº. 153.C).6, del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por los defectos constructivos localizados en el edificio y viviendas sito en la calle Pedro Morales Déniz, 48, 2º C y 3º C de Arucas.
Requerir a la entidad mercantil Coninor, S.L., en virtud del artº. 155 “in fine” del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, para que en el plazo de un mes a contar desde la notificación/publicación de la presente Propuesta, realice las obras de reparación y las necesarias para subsanar los defectos existentes, con el apercibimiento que de no acceder a ello, se impondrán sucesivas multas coercitivas hasta el total cumplimiento de lo ordenado.
Se apercibe a la requerida, que de no proceder conforme a los requerimientos, se le irrogarán los perjuicios a que hubiere lugar en Derecho.”
Contra esta Propuesta de Resolución, podrán los interesados formular las alegaciones que en su derecho convengan, ante esta Dirección General de Vivienda, en el plazo de ocho días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y tablón de edictos, respectivamente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de febrero de 2000.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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