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R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 25 de enero de 2000, por el que se estima el recurso de reposición interpuesto por D. Manuel Sánchez Rubio, Dña. Claudia Herrera Stromberg y D. Igor Gruszecki, contra la aprobación del Plan Parcial de Tauro, término municipal de Mogán, cuyo texto figura como anexo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de marzo de 2000.- El Director General de Ordenación del Territorio, Octavio Fernández Perdomo.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 25 de enero de 2000, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- Estimar el recurso de reposición interpuesto por D. Manuel Sánchez Rubio, Dña. Claudia Herrera Stromberg y D. Igor Gruszecki, contra la aprobación del Plan Parcial de Tauro.
Segundo.- Procede a la corrección de los planos.
Nš 8.- El Resort Urbanizado.
Nš 9.- Perfiles del Resort Urbanizado. Perfiles transversales.
Nš 11.- Parcelario.
Nš 12.- División en Polígonos. Plan de Etapas.
Nš 18.- Red de saneamiento.
Nš 19.- Red de drenaje.
Y de las infografías:
1.- Vista aérea.
2.- Vista desde el Club de Golf.
V7. Vista del cruce en P-11 hacia el Club de Golf.
V16. Vista desde el mar hacia Anfi-Tauro Golf.
Plan Parcial. Planta Alt. A.
Plan Parcial. Planta Alt. B.
ALT. A. Vista 2.
ALT. B. Vista 2.
Movimiento de tierras. Escala 1:10.000.
Tercero.- Notificar el presente Acuerdo a los interesados concediendo un plazo de 1 mes al Ayuntamiento para la presentación corregida en formato y escala adecuada.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el día siguiente al de notificación del presente acto administrativo.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Juan José Santana Rodríguez.
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