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2000/045 - Miércoles 12 de Abril de 2000

III. OTRAS RESOLUCIONES
Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

Regresar al sumario 464 Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Resolución de 1 de marzo de 2000, del Presidente, por la que se delega en el Director del Organismo Autónomo la competencia para iniciar y resolver los expedientes sancionadores en materia de ayudas y subvenciones.

A tenor del artículo 2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, las normas que se contienen en tal Decreto son de aplicación a las ayudas y subvenciones que se concedan con cargo a los Presupuestos de las Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma cuando se establezcan en materia de competencia normativa plena de la Comunidad Autónoma.

Según establece el artículo 38 del referido Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, la potestad de imponer sanciones y declarar la inhabilitación para recibir ayudas y subvenciones corresponde al órgano concedente de las mismas.

Pues bien, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, habida cuenta que el artículo 127.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, permite la delegación del ejercicio de la potestad sancionadora, considerando el carácter técnico de la actividad administrativa que ha de ser realizada para comprobar la existencia de conductas legalmente tipificadas como infracciones administrativas en materia de ayudas y subvenciones, y teniendo en cuenta la observancia del principio de eficacia, se estima conveniente delegar en el Director del Instituto Canario de Formación y Empleo el ejercicio de la competencia para iniciar y resolver los expedientes sancionadores.

En su virtud, el Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo

R E S U E L V E:

Primero.- Delegar en el Director del Instituto Canario de Formación y Empleo, y con referencia a las ayudas y subvenciones en materia de competencia normativa plena de la Comunidad Autónoma, el ejercicio de las siguientes competencias:

- Iniciar y resolver los expedientes sancionadores, según lo previsto en el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre.

- Declarar la inhabilitación para recibir ayudas y subvenciones.

Segundo.- Las delegaciones dispuestas en la presente Resolución están sujetas a su revocación con carácter general y a la avocación por el Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo para casos concretos.

Tercero.- Las resoluciones dictadas en virtud de las delegaciones dispuestas indicarán expresamente esta circunstancia y se entenderán dictadas por el órgano delegante.

Cuarto.- De las resoluciones que se dicten en virtud de las delegaciones dispuestas se dará cuenta al Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo.

Quinto.- Publíquese la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de marzo de 2000.- El Presidente, Marcial Morales Martín.

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