

|
|
|
RESULTANDO
Que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, emitido en sesión ordinaria celebrada el 16 de marzo de 2000 y dictaminando aprobar las tarifas propuestas por el citado Ayuntamiento, sobre la base de las consideraciones reflejadas en el Acta de la sesión y en el Informe del Grupo de Trabajo, que acompañan a la presente y serán debidamente notificadas a los interesados.
Las tarifas son:
CONSUMO DOMÉSTICO AL BIMESTRE: Bloques de consumo Tarifa Tarifa en ptas. en euros Mínimo 400 ptas. 2,40 euros Hasta 20 m3 80 ptas./m3 0,48 euros De 21 a 30 m3 90 ptas./m3 0,54 euros De 31 a 40 m3 121 ptas./m3 0,73 euros De 41 a 50 m3 145 ptas./m3 0,87 euros Más de 50 m3 177 ptas./m3 1,06 euros CONSUMO INDUSTRIAL AL BIMESTRE: Bloques de consumo Tarifa Tarifa en ptas. en euros Tarifa única 187 ptas./m3 1,12 euros CONSUMO CUARTO DE APEROS Y JARDINES AL BIMESTRE: Bloques de consumo Tarifa Tarifa en ptas. en euros Hasta 2 m3 84 ptas./m3 0,50 euros Más de 2 m3 225 ptas./m3 1,35 eurosCONSIDERANDO
Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y a la Orden de 30 de septiembre del mismo año.
Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; el Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica, por el que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios.
Vistos los Decretos Territoriales 157/1999, de 20 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica de las Consejerías de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; 212/1991, de 11 de septiembre, de Organización de los Departamentos de la Administración Autonómica; 323/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio, y demás disposiciones concordantes,
D I S P O N G O:
Autorizar al Ayuntamiento de Los Silos, Tenerife, las tarifas de suministro público de agua a poblaciones solicitadas y aprobadas por la Comisión Territorial de Precios, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriores expresadas y se aplicarán a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Consejería, en el plazo de un mes, contado a partir de la notificación o publicación de la presente resolución; o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Las Palmas, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, significando que en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 16 de marzo de 2000.
EL CONSEJERO DE
INDUSTRIA Y COMERCIO,
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL
DE PRECIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE,
Lorenzo Alberto Suárez Alonso.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |