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De acuerdo con la propuesta del Consejero de Presidencia del Gobierno de Canarias y en cumplimiento de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de fecha 8 de febrero de 2000, por la que se dispone que se publiquen las razones que justifican el empleo del sistema de adjudicación directa en la tramitación del expediente de contratación patrimonial, para arrendar un local sito en Arona, en el Edificio Valdés Center, Torre A Izquierda, de 2.067,90 m2, destinado a sede de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción nº 3 y 4 de Santa Cruz de Tenerife, esta Dirección General hace público que el motivo determinante de la adjudicación directa radica en la singularidad de la necesidad a satisfacer por el destino que se le quiere dar al inmueble, como sede de los citados Juzgados así como en la extrema e inaplazable urgencia de disponer del mismo, por la reciente creación por Ley del Partido Judicial nº 12 de Santa Cruz de Tenerife, cuya capitalidad se estableció en Arona, razones por las que se ha decidido prescindir de concurso público, conforme dispone el artículo 30.3 y 4 de la Ley del Patrimonio.
Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de febrero de 2000.- El Director General de Patrimonio y Contratación, Javier González Ortiz.
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