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BOC Nº 036. Miércoles 22 de Marzo de 2000 - 946

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Industria y Comercio

946 - Dirección Territorial de Industria y Energía de Las Palmas.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 17 de enero de 2000, que notifica la Resolución relativa a la denuncia presentada por Dña. Mercedes Tinadonis Fernández, sobre facturaciones de suministro de agua.- Expte. nº DA-97/0359.

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Habiéndose dictado Resolución sobre denuncia por facturación excesiva del suministro de agua interpuesta por Dña. Mercedes Tinadonis Fernández, recaída en el expediente DA-97/0359, e intentada la notificación de la misma al denunciante por dos veces sin éxito es por lo que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Dirección Territorial de Industria y Energía de Las Palmas

R E S U E L V E:

1.- Remitir la Resolución anexa al Ilmo. Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para su publicación en el tablón de edictos.

2.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de enero de 2000.- El Director Territorial, p.d.f., el Jefe de Servicio de Seguridad Industrial (Resolución de 17.4.98), Manuel Sánchez Rodríguez.

A N E X O

ASUNTO: RESOLUCIÓN DENUNCIA DE AGUA (EXPTE. DA-97/0359).

De acuerdo con el escrito de fecha 12 de junio de 1997, de no conformidad con las facturaciones de la Empresa Mixta de Aguas de Las Palmas, S.A., Emalsa, le comunicamos que según lo dispuesto en los puntos 2.1 y 3.1 del anexo de la Orden de 28 de diciembre de 1988 (B.O.E. de 6 de marzo de 1989), por la que se regulan los contadores de agua fría y aplica la Directiva 75/33/CEE, de fecha 17 de diciembre de 1974, y lo dispuesto en el artículo 46 del Decreto de 12 de marzo de 1954, que aprobó el Reglamento de Verificaciones Eléctricas y Regularidad en el Suministro de Energía (B.O.E. de 15 de abril de 1954), de aplicación a los servicios de abastecimientos de aguas por Órdenes de 15 de marzo de 1963 y 21 de marzo de 1964, por personal técnico de esta Dirección Territorial ha sido verificado en C. Contadores calle Paseo de La Cornisa, 4, siendo las 9,00 horas del día 23 de julio de 1997, el contador marca A. Loemberg, tipo AL, clase B, Qn: 1,5 m3/h, Calibre 13 m/m, nº: 0311772 con precinto de verificación primitiva y con lectura inicial 1179,660 m3 y final 1179,747 m3, con volumen pasado de 100 litros, correspondiente al abonado Dña. Mercedes Tinadonis Fernández, encontrándose presente por el abonado Dña. Mercedes Tinadonis Fernández, resultando que dicho contador de agua funciona con un error de - 13% (error máximo tolerado Qt < Q < Qmax = + 2%), por lo que se estima que el funcionamiento no es reglamentario.

A la vista de cuanto antecede, en el ejercicio de sus competencias, esta Dirección Territorial de Industria y Energía

HA RESUELTO: De acuerdo con la verificación realizada y con el artículo 46 del citado Decreto de 12 de marzo de 1954, de Verificaciones Eléctricas, se considera que los consumos de las tres últimas facturaciones emitidas por la Empresa Mixta de Aguas de Las Palmas, S.A., Emalsa, recibos enero-97, febrero-97 y abril-97, así como las siguientes facturaciones recibos, junio-97, agosto-97 y octubre-97, de 24 m3, 53 m3, 76 m3, 36 m3, (promediado) 13 m3 y 23 m3, respectivamente, se estiman, todas ellas, correctas al no poderse aumentar la cuantía, en m3, de los mismos si se efectuase la corrección de los citados recibos, en el porcentaje (98 - 87/87) x 100 = + 12,64%, todo ello en base a lo señalado en el artículo 89.2 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de no agravar la situación inicial del interesado.

Por Emalsa deberá instalarse un nuevo contador verificado, homologado y puesto a 0 m3.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, cabe recurso ordinario ante el Ilmo. Sr. Director General de Industria y Energía, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente Resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.- Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de noviembre de 1997.- El Director Territorial de Industria y Energía, Manuel Sánchez Rodríguez.

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