Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 028. Lunes 6 de Marzo de 2000 - 302

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

302 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 3 de febrero de 2000, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 13 y 14 de diciembre de 1999, que aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Gáldar en la Unidad de Ejecución Las Quintanas 5, promovida por la Corporación municipal, término municipal de Gáldar (Gran Canaria).

Descargar en formato pdf

En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 13 y 14 de diciembre de 1999, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Gáldar en la Unidad de Ejecución Las Quintanas 5, promovida por la Corporación municipal, término municipal de Gáldar, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de febrero de 2000.- El Director General de Ordenación del Territorio, Octavio Fernández Perdomo.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 13 y 14 de diciembre de 1999, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Considerar que se ha dado cumplimiento a las correcciones señaladas por esta Comisión en sesión celebrada los días 8 y 9 de junio de 1999, en relación a la aprobación definitiva de Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Gáldar (Gran Canaria) en diversas unidades de ejecución y, en consecuencia, procede la publicación de dicho acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.

Segundo.- Aprobar definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Gáldar (Gran Canaria) en la Unidad de Ejecución Las Quintanas 5, consistente en variar el trazado de la calle peatonal y en la disminución de superficie destinada a uso residencial con aumento de superficie destinada a viario, al haberse excluido del documento la supresión de zona verde pública.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente acto administrativo.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y en el artículo 234 de la Ley 9/1999, de 13 de mayo, de Ordenación del Territorio de Canarias.

© Gobierno de Canarias