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BOC Nº 027. Viernes 3 de Marzo de 2000 - 287

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía y Hacienda

287 - ORDEN de 14 de febrero de 2000, por la que se delega en la Directora General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, la competencia para resolver los expedientes de autorización de ampliación de créditos que amparen los gastos de personal de dicho Servicio.

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El artículo 11.3, en relación con el 11.4 de la Ley 14/1999, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2000, atribuye al Consejero de Economía y Hacienda la resolución de todas aquellas modificaciones tramitadas por esos Organismos y Entes que específicamente no requieran autorización del Gobierno, del Consejero respectivo o Ley. Dado que los expedientes de ampliación de crédito contemplados en el anexo I, apartado 1.d), de la citada Ley y último inciso del apartado b) del artículo 36.2 de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, conllevan un conjunto de trámites que pueden acarrear retrasos innecesarios en la gestión de las nóminas de personal, se estima oportuno, por razones de índole técnica que lo justifican, delegar en la Directora General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, la competencia para autorizar la ampliación de créditos de la citada naturaleza.

En su virtud, en aplicación de lo dispuesto por los artículos 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

R E S U E L V O:

1º) Delegar en la Directora General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud la competencia para resolver los expedientes de autorización de ampliación de créditos que amparen gastos de personal de dicho Organismo, conforme a lo establecido en el anexo I, apartado 1.d), de la Ley 14/1999, de 28 de diciembre y último inciso del apartado b) del artículo 36.2 de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2º) Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

3º) La presente Orden surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y hasta el cierre del ejercicio presupuestario correspondiente al año 2000.

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de febrero de 2000.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, Adán Martín Menis.

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