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BOC Nº 026. Miércoles 1 de Marzo de 2000 - 635

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Economía y Hacienda

635 - Dirección General de Tributos. Inspección de Tributos Interiores de Santa Cruz de Tenerife.- Anuncio de 20 de enero de 2000, de corrección de errores en el anuncio de 17 de diciembre de 1999, relativo a requerimiento de comparecencia para notificación a interesados en los procedimientos administrativos en relación al Impuesto General Indirecto Canario (B.O.C. nº 1, de 3.1.00).

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Advertidos errores en el anuncio de 17 de diciembre de 1999, de la Inspección de Tributos Interiores de Santa Cruz de Tenerife, relativo a requerimiento de comparecencia para notificación a los interesados en los procedimientos administrativos en relación al Impuesto General Indirecto Canario, se procede a realizar las siguientes correcciones:

- Del apartado 3.- Resolución de expediente sancionador por infracción tributaria grave debe suprimirse el siguiente expediente:

MUNICIPIO: Puerto de la Cruz. REF.: 1999/3099. N.I.F.: B38203923. APELLIDOS Y NOMBRE: Consulting Empresarial Canario, S.L. DOMICILIO: Avenida Colón 1. C.P.: 38400. - Debe añadirse un nuevo apartado con la siguiente redacción:

“4.- Acuerdo de inicio y propuesta de resolución de expediente sancionador por infracción grave.

MUNICIPIO: Puerto de la Cruz. REF.: 1999/3099. N.I.F.: B38203923. APELLIDOS Y NOMBRE: Consulting Empresarial Canario, S.L. DOMICILIO: Avenida Colón 1. C.P.: 38400.” El representante del sujeto pasivo mencionado deberá comparecer en el plazo de diez días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio para ser notificado de las actuaciones administrativas contenidas en los referidos procedimientos administrativos, ante la Inspección de Tributos Interiores de Santa Cruz de Tenerife de la Dirección General de Tributos de la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias sita en la Avenida José Manuel Guimerá, 8, 5ª planta, Edificio de Usos Múltiples II de Santa Cruz de Tenerife, en horario de 8,00 a 14,00, todo ello de acuerdo con lo establecido a tal efecto en el citado artículo 105.6 de la Ley General Tributaria.

Asimismo se comunica que si transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de enero de 2000.-El Jefe de Inspección de Tributos Interiores, Diego López Tejera.

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