Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 018. Viernes 11 de Febrero de 2000 - 450

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de Gáldar (Gran Canaria)

450 - ANUNCIO de 19 de enero de 2000, por el que se hace pública la fecha para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes afectados por la expropiación forzosa por el procedimiento de tasación conjunta con motivo de la no incorporación de los mismos a la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución Gáldar 1, situada entre las calles Santiago, Dutidana y Juan Primo.

Descargar en formato pdf

Con fechas 5 y 6 de octubre de 1999, la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias adoptó acuerdo por el que se aprueba el expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de tasación conjunta de los bienes de los propietarios no incorporados a la Junta de Compensación de la Unidad de Ejecución Gáldar 1, situada entre las calles Santiago, Dutidana y Juan Primo, en el término municipal de Gáldar.

Procediendo según lo dispuesto en los artículos 38 de la Ley sobre régimen del suelo y valoraciones y 203.2 del Reglamento de Gestión Urbanística, la aplicación de los números 6, 7 y 8 del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca a los propietarios y demás titulares de los bienes y derechos afectados, cuya relación se detalla en el anexo único que se acompaña al presente anuncio, para que el día y hora que en el mismo se expresan, comparezcan en la Sala de Reuniones de las Oficinas Municipales del Excmo. Ayuntamiento de Gáldar sitas en la calle Capitán Quesada, 29 (Gáldar), al objeto de iniciar el levantamiento de las preceptivas actas previas a la ocupación, sin perjuicio de trasladarse con posterioridad al propio terreno, si ello fuese necesario.

A dicho acto deberán asistir los afectados personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada, para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad: certificación registral a su favor en la que conste haberse extendido la nota del artículo 22 del Real Decreto 1.093/1997, de 4 de julio, o, en su defecto, aporten los títulos justificativos de su derecho, completados por certificaciones negativas del Registro de la Propiedad referidas a la misma finca descrita en tales títulos, pudiendo hacerse acompañar, a su costa si lo estiman oportuno, de perito y Notario. Los interesados, aunque no figuren en la relación de personas afectadas, podrán formular en la forma y lugares previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, hasta el momento del levantamiento de las citadas actas previas, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir en la confección de la relación concreta e individualizada que contiene el anexo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento de 26 de abril de 1957. Si por causa de fuerza mayor no pudiera realizarse el levantamiento de las mencionadas actas con algunos propietarios de bienes afectados, se entiende que se realizará el primer día hábil (excepto sábados) con igual horario.

Gáldar, a 19 de enero de 2000.- El Alcalde, Demetrio Suárez Díaz.

Ver anexos - página 1288

© Gobierno de Canarias