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BOC Nº 012. Viernes 28 de Enero de 2000 - 91

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

91 - Dirección General de Estructuras Agrarias.- Resolución de 21 de enero de 2000, por la que se conceden las ayudas destinadas a complementar la indemnización compensatoria básica en determinadas zonas desfavorecidas en el año 1999, regulada por Orden de 1 de febrero de 1999.

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En cumplimiento de lo establecido en el punto 3 de la base 6ª de la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de fecha 1 de febrero de 1999 (B.O.C. nº 17, de 8.2.99), por la que se establece la concesión de ayudas destinadas a complementar la indemnización compensatoria básica en determinadas zonas desfavorecidas en el año 1999, se procede a publicar la Resolución de concesión de las mencionadas ayudas que se transcribe a continuación:

Vista la Orden de esta Consejería de 1 de febrero de 1999 (B.O.C. nº 17, de 8.2.99), por la que se convocan para 1999 las ayudas destinadas a complementar la indemnización compensatoria básica en determinadas zonas desfavorecidas.

Vistos los requisitos establecidos en la base 2 de la citada Orden para poder ser beneficiario de esta indemnización. Visto que en la base 3 de la mencionada Orden se fija la cuantía de la indemnización complementaria para cada explotación en un porcentaje sobre la indemnización compensatoria básica en determinadas zonas desfavorecidas, sin tener en cuenta el incremento correspondiente de la indemnización compensatoria básica por zona de influencia socioeconómica de Parques Nacionales.

Visto el informe-propuesta emitido por el Servicio de Ordenación y Desarrollo Rural de esta Dirección General. De conformidad con lo establecido en el resuelvo 5 de la citada Orden y en las demás disposiciones legales de vigente aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder una indemnización complementaria a la indemnización compensatoria básica a los 1.413 beneficiarios incluidos en la relación adjunta. Esta relación agrupa por municipios a los beneficiarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, correspondiendo a cada uno de ellos el importe que se indica en la columna encabezada con el título de “subvención complementaria”, todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 13.04.531 A. 480.11 L.A. 13.4031.02 “cofinanciación POSEICAN mantenimiento rentas áreas desfavorecidas” del vigente presupuesto de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El listado informático relaciona a 1.413 beneficiarios, agrupados por municipios, iniciándose en el municipio de Agaete, figurando como primera beneficiaria Dña. Celestina Medina Ojeda y finaliza en el municipio de Valverde, siendo la última beneficiaria Dña. María Juana Rodríguez Martínez, ascendiendo el importe global de la ayuda a treinta y nueve millones seiscientas quince mil trescientas setenta y nueve (39.615.379) pesetas.

Segundo.- Poner a disposición de la Habilitada de la Dirección General de Estructuras Agrarias Dña. Rosa Encinoso Flores en la oficina principal de la entidad CajaCanarias, c/c nº 00031114002199 “a justificar, Gobierno de Canarias Dirección General de Estructuras Agrarias” el importe total de la ayuda, treinta y nueve millones seiscientas quince mil trescientas setenta y nueve (39.615.379) pesetas para que se proceda a transferir a cada uno de los beneficiarios el importe correspondiente.

Tercero.- En el plazo de un mes a partir de la recepción de las transferencias bancarias, se ha de proceder a la justificación de haber realizado las mismas, por el importe correspondiente, mediante certificación de la entidad pagadora de que las mismas han sido abonadas en su cuenta.

Cuarto.- Toda alteración de los requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para el otorgamiento de la indemnización compensatoria básica dará lugar a la modificación de esta Resolución de concesión de la indemnización complementaria, sin que en ningún caso implique modificación de la finalidad de la ayuda.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados, con la advertencia de que frente a la misma podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses desde su notificación, sin perjuicio de que puedan interponerse recurso potestativo de reposición, ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente, con los efectos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de enero de 2000.- El Director General de Estructuras Agrarias, Clemente Álvarez Fernández.

Ver anexos - páginas 777-801

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