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Visto el oficio de fecha 11 de noviembre de 1999, remitido a esta Consejería por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Las Palmas por el que se solicita la remisión del expediente administrativo de la demandante Dña. Dolores González Rodríguez contra la Resolución de esta Secretaría General Técnica nº 1.036 de fecha 17 de agosto de 1999, que ha dado origen al recurso nº 861-F/1999.
Considerando lo establecido en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 15 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, así como el artículo 13 del Decreto 328/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación,
R E S U E L V O:
Primero.- Remitir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Las Palmas, el expediente correspondiente a la Resolución de esta Secretaría General Técnica, nº 1.036 de fecha 17 de agosto de 1999, desestimatoria de reclamación presentada, relativa a diferencia de retribuciones dejadas de percibir por el Complemento de Destino y Específico.
Segundo.- Notificar la presente Resolución a Dña. Dolores González Rodríguez y a cuantos pudieran ser interesados en el asunto, al efecto de emplazamiento para personación y comparecencia en autos en el plazo de nueve días.
Tercero.- Dar traslado del citado expediente remitido al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Las Palmas, a la Dirección General del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias, a los efectos oportunos.
Santa Cruz de Tenerife, a 5 de enero de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan José Rodríguez y Rodríguez.
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