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BOC Nº 171. Viernes 31 de Diciembre de 1999 - 4612

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

4612 - Dirección General de Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 22 de octubre de 1999, sobre notificación de Pliego de Cargos dictado en los expedientes de desahucio administrativo D-313/99, D-314/99, D-315/99, D-316/99, D-319/99 y D-320/99, por encontrarse en ignorado domicilio los interesados.

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Encontrándose en ignorado domicilio las personas que a continuación se citan, adjudicatarios de las viviendas de promoción pública que seguidamente se relacionan, a la vista de los informes policiales emitidos en la tramitación de los expedientes de desahucio administrativo referenciados que se siguen contra las mismas por infracción del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92),

R E S U E L V O:

Notificar a las personas que a continuación se relacionan, los respectivos Pliegos de Cargos formulados en los expedientes administrativos de desahucio que les han sido incoados:

PLIEGO DE CARGOS: - A D. Juan Rodríguez Carballo, expediente D-313/99, incoado con fecha de 15 de octubre de 1999, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 864 Viviendas Nueva Paterna, calle Manuel de Falla, 62, bloque 8, piso 6º, letra G, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- A D. Guillermo Santana Santana, expediente D-314/99, incoado con fecha de 15 de octubre de 1999, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 1856 Viviendas San Cristóbal I, calle Málaga, 43, bloque 7, piso 5º, letra D, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- A D. Santiago Martín del Rosario, expediente D-315/99, incoado con fecha de 15 de octubre de 1999, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 864 Viviendas Nueva Paterna, calle Manuel de Falla, 70, bloque 10, portal 2, piso 3º, letra B, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- A D. Guillermo Nieves Manzano, expediente D-316/99, incoado con fecha de 15 de octubre de 1999, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 108 Viviendas Cruz de Piedra II, calle Farmacéutico Pedro Rivero, 20, portal 6, piso 2º, letra A, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- A D. José Fernández Mariño, expediente D-319/99, incoado con fecha de 21 de octubre de 1999, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 601 Viviendas Jinámar III, bloque 2, piso bajo, letra D, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

- A D. Juan Suárez Santana, expediente D-320/99, incoado con fecha de 21 de octubre de 1999, por no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo 1760 Viviendas Polígono de Jinámar, fase II, bloque 21, piso bajo, letra C, en el término municipal de Telde, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, aprobado por Decreto 2.114/1968, de 24 de julio (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), y el artº. 30.6º del Real Decreto 2.960/1976, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Legislación de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 28 de diciembre de 1976).

Contra el presente Pliego de Cargos podrán los interesados formular alegaciones en el plazo de ocho días contados a partir de la publicación de la presente, conforme a lo establecido en el artº. 142 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial. Asimismo y en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica a los interesados que el plazo máximo establecido para que se proceda a la notificación de la resolución expresa es de tres meses, contados a partir del día siguiente al de la incoación, transcurrido el cual se producirá la caducidad del expediente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de octubre de 1999.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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