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BOC Nº 171. Viernes 31 de Diciembre de 1999 - 2201

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente

2201 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 22 de noviembre de 1999, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 5 y 6 de octubre de 1999, que aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de San Bartolomé de Tirajana, en el ámbito del SUP-7 Castillo del Romeral, promovido por la Corporación local, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria).

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fechas 5 y 6 de octubre de 1999, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de San Bartolomé de Tirajana, en el ámbito del SUP-7, Castillo del Romeral, promovido por la Corporación local, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de noviembre de 1999.- El Director General de Ordenación del Territorio, Octavio Fernández Perdomo.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 5 y 6 de octubre de 1999, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente al amparo de lo preceptuado en el artículo 132.3.a) del Reglamento de Planeamiento, la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), en el ámbito del SUP-7, Castillo del Romeral, consistente en aumentar la edificabilidad manteniendo el resto de los parámetros y sin variar el número máximo de viviendas previstos, en los mismos términos en que resultó propuesto por el correspondiente Ayuntamiento.

Segundo.- El presente acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias, y será debidamente notificado al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, al Cabildo Insular de Gran Canaria y a cuantos interesados conste debidamente personados en el expediente administrativo.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes desde la fecha en que se practique su notificación.

Contra la desestimación presunta del recurso de reposición, que se producirá transcurrido un mes desde su interposición sin que se haya notificado la resolución del mismo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

Si no se interpusiera recurso de reposición en plazo, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación del presente acto administrativo.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; y en el artº. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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