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BOC Nº 156. Viernes 26 de Noviembre de 1999 - 1987

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo y Transportes

1987 - ORDEN de 25 de octubre de 1999, por la que se prorroga el plazo para la justificación de subvenciones establecidas en la Orden de 30 de abril de 1999, de convocatoria por la que se determinan las bases reguladoras del concurso para la concesión de subvenciones que apoyen iniciativas y proyectos de empresas y asociaciones del sector de transporte de carretera en auto-taxis, que contribuyan a su promoción, modernización e implantación de medidas de seguridad, en relación con las condiciones de prestación del servicio.

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Visto que con fecha 18 de mayo de 1999 entró en vigor la Orden de 30 de abril de 1999, de convocatoria por la que se determinan las bases reguladoras del concurso para la concesión de subvenciones que apoyen iniciativas y proyectos de empresas y asociaciones del sector de transporte de carretera en auto-taxis, que contribuyan a su promoción, modernización e implantación de medidas de seguridad en relación con las condiciones de prestación del servicio (B.O.C. nº 62, de 17.5.99).

Resultando que el artículo 13 de la misma establece que la actuación se realizará y justificará antes del día 15 de noviembre de 1999.

Considerando el artículo 10, epígrafe ñ), párrafo 2º, del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Considerando los artículos 42.6 y 49.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Es por lo que, en uso de las facultades que me atribuye el artículo 3 del Decreto 281/1995, de 11 de septiembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo y Transportes, y el artículo 5 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

D I S P O N G O:

Primero.- Que el plazo que figura en el artículo 13 de la Orden de convocatoria de 30 de abril de 1999, quede ampliado hasta el 15 de diciembre de 1999.

Segundo.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de octubre de 1999.

EL CONSEJERO DE TURISMO Y TRANSPORTES, Juan Carlos Becerra Robaina.

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