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BOC Nº 116. Lunes 30 de Agosto de 1999 - 1546

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

1546 - ORDEN de 5 de julio de 1999, por la que se regula la enseñanza del lenguaje silbado de la isla de La Gomera y se concretan los contenidos e indicadores de evaluación para su impartición en la Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria.

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El Parlamento de Canarias aprobó en la sesión de fecha 25 y 26 de junio de 1997 una Proposición No de Ley en la que se insta al Gobierno de Canarias a que, tras los estudios previos que estime pertinentes, incluya el lenguaje silbado gomero en el sistema educativo de la isla de La Gomera, teniendo en cuenta su alto valor, no sólo en los ámbitos etnográfico, social y cultural sino por su naturaleza lingüística, especificando que la aplicación de esta propuesta afectará preferentemente a la isla de La Gomera.

El ordenamiento educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias recoge tanto en el Decreto 46/1993, de 26 de marzo, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria, como en el Decreto 310/1993, de 10 de diciembre, por el que se establece el currículo de Educación Secundaria Obligatoria, la necesidad de que los currículos de estas etapas educativas obligatorias sienten las bases para que el Patrimonio y la Cultura de nuestra Comunidad Autónoma se conviertan en elementos de identidad y de integración.

Ambos reglamentos plantean la necesidad de que los objetivos de estas etapas incidan en los aspectos relacionados con nuestra historia y realidad sociocultural (artículo 5.1). Así, se propone el conocimiento de la cultura e instituciones canarias, el conocimiento y aprecio de nuestro patrimonio natural, cultural e histórico, contribuyendo a su conservación y mejora y se considera necesario valorar las peculiaridades de la modalidad lingüística canaria, tanto para la Educación Primaria como para la Educación Secundaria Obligatoria.

Asimismo, establecen que los aspectos señalados anteriormente deberán tomarse en consideración en las diferentes áreas a lo largo de toda la Educación Primaria y de la Educación Secundaria Obligatoria (artículo 5.2).

El sistema de signos silbados que se emplea en la isla de La Gomera como sustituto del sistema fonológico más convencional de la lengua española, presenta un enorme interés para los estudios del lenguaje en general y para los de nuestra lengua en particular, tanto por su singularidad como por su ingeniosidad y conformación estructural. Ha desempeñado un destacado papel en el desarrollo de la vida cotidiana de la isla permitiendo enriquecer la comunicación. Por eso, en una época marcada por los permanentes adelantos tecnológicos, incluir esa práctica comunicativa, con la debida prudencia, en los planes de estudios de los centros de la isla, parece la medida más adecuada para contribuir a garantizar su preservación.

En su virtud, previo informe del Consejo Escolar de Canarias, y con arreglo a la habilitación expresa recogida en el Decreto 46/1993, de 26 de marzo (Disposición Final Primera) y en el Decreto 310/1993, de 10 de diciembre (Disposición Final Primera),

D I S P O N G O:

Artículo 1.- 1. El silbo gomero, como forma de comunicación de singular valor, no sólo para el ámbito geográfico concreto de la isla de La Gomera, debe ser conocido, protegido y divulgado suficientemente para su mejor aprendizaje y conservación como parte del patrimonio cultural de Canarias.

2. A tal fin, la presente Orden tiene por objeto establecer una concreción de los contenidos e indicadores de evaluación de los bloques IV y V de los currículos del área de Lengua Castellana y Literatura de la Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria, respectivamente, en el ámbito de la isla de La Gomera, propiciando el conocimiento y el aprendizaje del lenguaje silbado en la isla de La Gomera.

Como anexos I y II de esta Orden quedan aprobadas las prescripciones curriculares para la enseñanza del silbo gomero en la Educación Primaria y en la Educación Secundaria Obligatoria, sin perjuicio de la específica concreción que pueda hacer cada centro educativo en el marco de sus proyectos curriculares de etapa.

Artículo 2.- La Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, teniendo en cuenta la complejidad y especificidad de la organización horaria del segundo ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria aconseja que la enseñanza del lenguaje silbado se lleve a cabo a través del espacio destinado a la optatividad. Asimismo, aprobará el currículo de la materia optativa «El lenguaje silbado de la isla de La Gomera» para su oferta al alumnado del segundo ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, preferentemente de la isla de La Gomera.

Artículo 3.- 1. La Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa efectuará las previsiones necesarias para incorporar a los planes de formación del profesorado de la isla de La Gomera, actividades que faciliten el acercamiento al uso del lenguaje silbado.

2. De igual modo, la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, dentro de sus disponibilidades presupuestarias, propiciará y organizará seminarios, jornadas, cursos de formación para especialistas y profesorado, intercambios de experiencias, proyectos de innovación y experimentación y cuantas otras actividades se estimen de interés en relación con el lenguaje silbado de la isla de La Gomera.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Única.- Para una más adecuada coordinación y seguimiento de la implantación de la enseñanza del silbo gomero, durante el curso académico 1999/2000, la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa constituirá una comisión técnica de especialistas en esta materia con el objeto de prestar cuanto apoyo se requiera de ella.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Queda autorizada la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa a dictar cuantas instrucciones sean precisas en aplicación de la presente Orden.

Segunda.- Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de julio de 1999.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES en funciones, José Mendoza Cabrera. A N E X O I

Los contenidos y los indicadores para la evaluación que aparecen seguidamente son los relacionados con la enseñanza del silbo gomero en la Educación Primaria y suponen una concreción para la isla de La Gomera del Bloque IV, «Sistemas de comunicación verbal y no verbal», del currículo del área de Lengua Castellana y Literatura.

CONTENIDOS.

Conceptos.

- Necesidades y situaciones de comunicación silbada en La Gomera. Aspectos socioculturales más significativos.

- Relaciones entre la lengua oral y el lenguaje silbado: correspondencias entre fonema oral y fonema silbado.

- Presencia del lenguaje silbado en el mundo.

Procedimientos.

- Producción y comprensión de mensajes silbados, relativos a situaciones habituales en el medio, a partir de modelos trabajados previamente.

- Reconocimiento y utilización de las estrategias básicas para superar las dificultades de descodificación propias del silbo: redundar, agregar nuevos elementos, preguntar ...

- Participación en intercambios lingüísticos silbados resolviendo necesidades de comunicación inmediatas.

- Utilización de diversas técnicas de recogida de información acerca del silbo, en especial realización de entrevistas a personas silbadoras del entorno para detectar las necesidades y situaciones de comunicación silbada más frecuentes en La Gomera.

Actitudes.

- Valoración del silbo como útil y especial lenguaje en determinadas circunstancias orográficas y personales.

- Actitud favorable a la comunicación mediante el silbo en las situaciones de la vida cotidiana y en los contextos adecuados.

- Respeto por la significación histórica, lingüística y cultural del silbo y su valoración.

- Actitud crítica ante cualquier comportamiento discriminatorio en relación con la utilización del lenguaje silbado. Indicadores para la evaluación.

Los criterios para la evaluación del aprendizaje del alumnado, relativos al lenguaje silbado, en líneas generales, hay que situarlos dentro de los criterios establecidos para el área de Lengua Castellana y Literatura. Aquí sólo se van a proponer algunos indicadores específicos de los contenidos previstos para la enseñanza del lenguaje silbado de la isla de La Gomera:

- La comprensión del significado de mensajes silbados propios de la vida cotidiana (nombres, saludos, recados, preguntas, instrucciones ...).

- Reconocimiento y reproducción de los fonemas característicos del lenguaje silbado (vocales y consonantes) en palabras y oraciones.

- La emisión de mensajes silbados con el ritmo, entonación, potencia y claridad en la articulación característicos del silbo gomero.

- El respeto a las reglas de la comunicación silbada.

- La adecuada selección y organización del vocabulario según el mensaje que se quiera silbar.

- Utilización de las estrategias de comprensión adecuadas (preguntar, redundar ...) ante las dudas generadas por las dificultades de descodificación inherentes al silbo.

- Comportamientos que pongan de manifiesto interés y respeto por el silbo.

- La participación en cualquier acción, organizada por la comunidad educativa, encaminada a la conservación o difusión del lenguaje silbado.

A N E X O I I

Los contenidos y los indicadores para la evaluación que aparecen seguidamente son los relacionados con la enseñanza del silbo gomero en la Educación Secundaria Obligatoria y suponen una concreción para la isla de La Gomera del Bloque V, «Sistemas de comunicación verbal y no verbal», del currículo del área de Lengua Castellana y Literatura.

CONTENIDOS.

Conceptos.

- Tipos y formas de discurso en la comunicación silbada. Finalidad, situación y contexto comunicativo. - El silbo, su carácter físico y sus posibilidades como mecanismo emisor.

- Relaciones entre la lengua oral y el lenguaje silbado: correspondencias entre el fonema oral y fonema silbado.

- La transcripción gráfica del lenguaje silbado.

- Presencia del lenguaje silbado en el mundo.

Procedimientos.

- Producción y comprensión de mensajes silbados relativos a situaciones habituales en su medio, a partir de modelos trabajados previamente.

- Reconocimiento y utilización de las estrategias básicas para superar las dificultades de descodificación propias del silbo: redundar, agregar nuevos elementos, preguntar ...

- Participación en intercambios lingüísticos silbados resolviendo necesidades de comunicación inmediatas.

- Utilización de algún sistema de «lecto-escritura» del silbo que haga evidente el sistema de correspondencias fonema oral-fonema silbado.

- Exploración de las posibilidades expresivas del silbo a partir de la escucha y análisis de mensajes silbados.

- Planificación y revisión de mensajes silbados, comprobando la adecuación de la forma a la intención deseada y a las características de la situación de comunicación.

- Utilización de diversas técnicas de recogida de información acerca del silbo (realización de entrevistas a personas silbadoras tanto de La Gomera como del resto de las islas; análisis documental, Internet, etc., para el resto del mundo).

Actitudes.

- Gusto por expresarse a través del silbo en las actividades de grupo, juegos, salidas al campo, demostraciones públicas …

- Actitud favorable a la comunicación mediante el silbo en las situaciones de la vida cotidiana y en los contextos adecuados.

- Respeto por la significación histórica, lingüística y cultural del silbo y su valoración.

- Actitud crítica ante cualquier comportamiento discriminatorio en relación con la utilización del lenguaje silbado. Indicadores para la evaluación.

- La comprensión del significado de mensajes silbados propios de la vida cotidiana (nombres, saludos, recados, preguntas, instrucciones ...).

- Reconocimiento y reproducción de los fonemas característicos del lenguaje silbado (vocales y consonantes) en palabras y oraciones.

- La emisión de mensajes silbados con el ritmo, entonación, potencia y claridad en la articulación característicos del silbo gomero.

- El respeto a las reglas de la comunicación silbada.

- La adecuada selección y organización del vocabulario según el mensaje que se quiera silbar.

- Utilización de las estrategias de comprensión adecuadas (preguntar, redundar ...) ante las dudas generadas por las dificultades de descodificación inherentes al silbo.

- Comportamientos que pongan de manifiesto interés y respeto por el silbo.

- La participación en cualquier acción, organizada por la comunidad educativa, encaminada a la conservación o difusión del lenguaje silbado.

- Comportamientos no discriminatorios entre el alumnado en el uso del lenguaje silbado.

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