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BOC Nº 113. Miércoles 25 de Agosto de 1999 - 2917

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2917 - Dirección General de Trabajo.- Anuncio de 4 de junio de 1999, relativo a depósito de documentación sobre la constitución de la Asociación Canaria de Teletrabajadores y Autoempleo (A.C.T.A.).

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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del derecho de asociación sindical (B.O.E. nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (B.O.C. nº 159, de 15.12.95); se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la constitución de la asociación empresarial que se detalla:

DENOMINACIÓN: Asociación Canaria de Teletrabajadores y Autoempleo (A.C.T.A.). ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias. DOMICILIO: calle Jaime Balmes, 17 bajo, 35003- Las Palmas de Gran Canaria; calle Bernabé Rodríguez, 13, 1º, 38002- Santa Cruz de Tenerife. ÁMBITO PROFESIONAL: los teletrabajadores y autoempleados cuyo trabajo lo realicen a distancia, ubicados en su domicilio, en despachos profesionales y en centros especiales de trabajo. FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN: D. Martín Fons Ginard, D. David de Ávila López, Dña. Magdalena Carbonell Más, Dña. Virginia Carretero Moreno, Dña. María del Pino Cubas Rivero, Dña. Carmen Luisa Esquivel Rodríguez, D. Juan Vega Herrera y Dña. Begoña Quevedo Portillo, pudiendo los interesados formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes, en el plazo de ocho días a partir de su publicación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de junio de 1999.- El Director General de Trabajo, Francisco José Tejera Jordán.

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