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Por Resolución de esta Dirección General de fecha 6 de octubre de 1998, se acordó la aprobación e inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias de la modificación del artículo 2.2 de los estatutos definitivos de la Federación de Barquillos de Vela Latina Canaria.
El artículo 18.3 del Decreto 51/1992, de 23 de abril, por el que se regula la constitución y funcionamiento de las Federaciones Deportivas Canarias, establece que los estatutos de las Federaciones Deportivas Canarias se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias.
En su virtud, esta Dirección General
R E S U E L V E:
Disponer la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la modificación del artículo 2.2 de los estatutos definitivos de la Federación de Barquillos de Vela Latina Canaria que se inserta en el anexo de la presente Resolución.
Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de octubre de 1998.- El Director General de Deportes, Juan Antonio Díaz Almeida.
A N E X O
Artículo 2.2.- La Federación Canaria de Barquillos de Vela Latina Canaria está integrada por las Federaciones Insulares de Lanzarote, Fuerteventura y Tenerife, clubes deportivos, deportistas, entrenadores y jueces que promueven, practican o contribuyen al desarrollo de su modalidad deportiva dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
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