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Se hace necesario y conveniente por motivos de tramitación del expediente ampliar el plazo de la convocatoria referenciada, para la presentación de documentación respecto a la modalidad A, de aquellos centros educativos que presenten un proyecto por primera vez, acogiéndose a las condiciones recogidas en la Resolución.
En el artē. 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se determina que las Administraciones Públicas de oficio o a instancia de parte, podrán conceder una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y si con ello no perjudican derechos de tercero.
En virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. de 9 de diciembre),
R E S U E L V O:
Ampliar el plazo para la presentación de documentación de la convocatoria de la Dirección General de Promoción Educativa de fecha 29 de abril de 1999, concediendo un plazo de 6 días naturales, desde la fecha de terminación del plazo concedido en dicha Resolución, para los centros educativos que se acojan a la modalidad A.
Santa Cruz de Tenerife, a 9 de junio de 1999.- La Directora General de Promoción Educativa, Carmen Delia Bethencourt Falero.
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