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HECHOS
La Dirección General de Política Agroalimentaria propone con fecha 12 de abril de 1999, al Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, la rectificación del error material habido en el segundo párrafo del apartado b) del anexo I de la Orden de 9 de febrero de 1999 (B.O.C. nº 21, de 17.2.99), por la que se convocan para 1999, las subvenciones destinadas al apoyo a la industrialización y comercialización de los productos agrarios, en lo que respecta al año de tramitación del Registro Sanitario.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Que procede a juicio de esta Consejería la corrección del error que nos ocupa, a tenor de lo tipificado en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vistos los hechos y fundamentos enunciados, y en uso de la competencia que tengo legalmente atribuida,
R E S U E L V O:
Corregir el error material producido en el segundo párrafo del apartado b) del anexo I de la Orden nº 35, de 9 de febrero de 1999 (B.O.C. nº 21, de 17.2.99), por la que se convocan para 1999, las subvenciones destinadas al apoyo a la industrialización y comercialización de los productos agrarios, en el siguiente sentido:
- Donde dice:
“Industrias de elaboración de quesos que dispongan de Registro Sanitario o acrediten su tramitación antes del 31 de marzo de 1998, 2,5 puntos.”
- Debe decir:
“Industrias de elaboración de quesos que dispongan de Registro Sanitario o acrediten su tramitación antes del 31 de marzo de 1999, 2,5 puntos.”
Santa Cruz de Tenerife, a 28 de mayo de 1999.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
PESCA Y ALIMENTACIÓN,
Gabriel Mato Adrover.
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