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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del citado requerimiento en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, se hace saber a la misma que con fecha 17 de marzo de 1999 fue efectuada notificación de requerimiento del tenor literal siguiente:
En relación con la solicitud presentada por Dña. María Guadalupe Asensio Mena, ante la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales dirigida al ICFEM de Las Palmas de Gran Canaria, el día 31 de diciembre de 1996, a los efectos de acogerse a las subvenciones para asistencia técnica, reguladas en el Capitulo II, Sección 4ª del Decreto 69/1996, de 18 de abril, por el que se regulan los Programas para el fomento y mantenimiento del empleo y de la economía social, se le requiere para que en el improrrogable plazo de diez días hábiles (incluidos los sábados), contados a partir del día siguiente a la recepción del presente requerimiento, remita a este organismo, por duplicado y compulsada, la documentación que se señala a continuación:
- Certificados expedidos por los Órganos competentes acreditativos de que la empresa solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, en el momento de la solicitud de subvención.
- Anteproyecto de la empresa o profesional que vaya a realizar el estudio, y cumplimentar los anexos XXXIX y XL (modelos que se adjuntan).
- Alta de Terceros en el sistema de información contable del ICFEM (modelo que se adjunta).
Se le advierte que de no aportar la documentación señalada, o realizar la conducta requerida, en el plazo indicado, a tenor de lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose sin más trámites.
Las Palmas de Gran Canaria, a 30 de abril de 1999.- El Director, Francisco Zumaquero García.
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