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BOC Nº 074. Miércoles 9 de Junio de 1999 - 950

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Industria y Comercio

950 - ORDEN de 7 de mayo de 1999, por la que se aprueban las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones, solicitadas por elConsorcio de Abastecimiento de Aguas a Fuerteventura.

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Vista la petición formulada por el Consorcio de Abastecimiento de Aguas a Fuerteventura, en solicitud de modificación de las tarifas de agua de abastecimiento a sus entes consorciados, consistente en la variación en la cuantificación de los tramos de facturación por metros cúbicos consumidos.

Resultando que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, que lo emitió en su sesión plenaria celebrada el 5 de mayo de 1999, en el sentido de dictaminar favorablemente las tarifas que a continuación se reflejan:

A) Consumo doméstico:

Facturación bimestral:

Cuota fija 1.000 ptas. De 1 a 30 m3 222 ptas./m3. De 31 a 40 m3 300 ptas./m3. Más de 40 m3 415 ptas./m3.

Facturación mensual:

Se considerará el 50% de la amplitud de los escalones y de la cuota fija.

B) Tarifa mensual turística industrial (opcional):

Cuota fija de abono 20.000 ptas./mes. Precio único 395 ptas./m3.

C) Tarifa especial para suministro por cubas uso doméstico (facturación mensual):

Cuota fija de abono 500 ptas./mes. Precio único 200 ptas./mes.

Considerando que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Decreto 2.226/1977, de 27 de agosto, y la Orden del Ministerio del Interior de 30 de septiembre del mismo año.

Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre, y el Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, de medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica, por el que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios.

Vistos los Decretos del Gobierno de Canarias 187/1995, de 20 de julio, de reestructuración de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, 323/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio, modificado por Decreto 64/1997, de 30 de abril, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación,

D I S P O N G O:

Autorizar al Consorcio de Abastecimiento de Aguas a Fuerteventura las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones aprobadas por la Comisión Territorial de Precios, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriormente expresadas a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse bien recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Contencioso de Las Palmas del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de mayo de 1999.

EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE PRECIOS DE LAS PALMAS, Alfredo Vigara Murillo.

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