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BOC Nº 057. Sábado 8 de Mayo de 1999 - 1585

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Tenerife

1585 - ANUNCIO de 12 de marzo de 1999, relativo a notificación de Resoluciones en materia de infracciones administrativas de caza.

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Providencia de 12 de marzo de 1999 del Instructor de los expedientes sancionadores en materia de caza que se relacionan, sobre notificación de Resoluciones en materia de infracciones administrativas de caza.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre notificación a interesados intentada y no practicada,

D I S P O N G O:

Notificar a los denunciados que se citan, las Resoluciones formuladas con ocasión de los expedientes que les han sido instruidos por este Cabildo por infracción administrativa en materia de caza.

Las cantidades correspondientes a la multa, sustituciones de comiso e indemnizaciones se deberán abonar en la cuenta corriente de CajaCanarias nº 000031114004629, haciendo constar en el documento de ingreso el número de expediente sancionador y presentando copia justificativa del mismo en el Departamento de Caza de esta Corporación, personalmente o por correo. Para ello dispondrá de un plazo, en el supuesto de recibir la notificación de la presente Resolución entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive, hasta el día 5 del mes siguiente. Caso de recibirla entre los días 16 y último de cada mes, ambos inclusive, dispondrá hasta el día 20 del mes siguiente. Si vencidos los plazos de ingreso no se hubiere satisfecho la deuda, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio con el recargo correspondiente al 20% del débito.

Contra las Resoluciones recaídas, que no son definitivas en vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso ordinario ante el Ilmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife en el plazo de un mes a contar desde el día de recepción de la presente Resolución, sin perjuicio de que puedan utilizar cualquier otra acción o recurso que estimen procedentes para la defensa de sus intereses.

En el caso de que interpongan recurso ordinario ante el Ilmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, las Resoluciones quedan en suspenso en su eficacia, y los plazos de ingreso a los que se refiere el apartado anterior se computarán a partir del día siguiente de la notificación de la resolución del mencionado recurso, siempre y cuando de ésta se desprenda la obligación para el recurrente de pagar, en todo o en parte, la sanción impuesta.

1) Nº EXPTE.: 173/98; DENUNCIADO: Carlos Domínguez López; HECHO INFRACTOR: dificultar la acción de los agentes de Medio Ambiente, negándose a mostrar la documentación reglamentaria en el control de salida del cuartel de caza mayor de Arico; FECHA INFRACCIÓN: día 18 de agosto de 1998, a las 18,35 horas; LUGAR INFRACCIÓN: Izaña, Arico; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48.7 de la Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias: “Dificultar la acción de los agentes de la autoridad encargados de inspeccionar el buen orden cinegético que debe existir en cualquier clase de terreno o negarse a mostrar el contenido del morral, la munición empleada o la documentación reglamentaria”; CALIFICACIÓN: menos grave; SANCIÓN: multa de veinticinco mil una (25.001) pesetas.

2) Nº EXPTE.: 175/98: DENUNCIADO: Miguel Andrés García Lorenzo; HECHO INFRACTOR: cazar en terreno cinegético especial sin documentación (tarjeta de caza controlada), con 3 perros y 1 hurón; FECHA INFRACCIÓN: día 16 de agosto de 1998, a las 8,50 horas; LUGAR INFRACCIÓN: Pista El Vallito, Granadilla de Abona; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48.3 de la Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias: “Cazar sin autorización en terreno sometido a régimen cinegético especial”; CALIFICACIÓN: menos grave; SANCIÓN: multa de veinticinco mil una (25.001) pesetas; comiso de cuatro mil (4.000) pesetas; IMPORTE TOTAL: veintinueve mil una (29.001) pesetas.

3) Nº EXPTE.: 197B/98: DENUNCIADO: Domingo Mendoza Suárez; HECHO INFRACTOR: cazar en terreno cinegético especial sin autorización (Coto Privado de Caza TF-10.079), en cuadrilla de cuatro personas con doce (12) perros; FECHA INFRACCIÓN: día 13 de agosto de 1998, a las 10,45 horas; LUGAR INFRACCIÓN: El Guincho, Granadilla de Abona; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48.3 de la Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias: “Cazar sin autorización en terreno sometido a régimen cinegético especial”; CALIFICACIÓN: menos grave; SANCIÓN: multa de veinticinco mil una (25.001) pesetas.

4) Nº EXPTE.: 197C/98: DENUNCIADO: José Carlos Suárez Suárez; HECHO INFRACTOR: cazar en terreno cinegético especial sin autorización (Coto Privado de Caza TF-10.079), en cuadrilla de cuatro personas con doce (12) perros; FECHA INFRACCIÓN: día 13 de agosto de 1998, a las 10,45 horas; LUGAR INFRACCIÓN: El Guincho, Granadilla de Abona; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 48.3 de la Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias: “Cazar sin autorización en terreno sometido a régimen cinegético especial”; CALIFICACIÓN: menos grave; SANCIÓN: multa de veinticinco mil una (25.001) pesetas.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de marzo de 1999.- El Instructor, Horacio Velázquez Dorta.

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