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BOC Nº 052. Miércoles 28 de Abril de 1999 - 648

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales

648 - DECRETO 48/1999, de 8 de abril, por el que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la Sentencia nº 590/1998, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, en el recurso nº 1728/1995, interpuesto contra el Decreto 134/1995, de 11 de mayo, por el que se declaraba urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada por el Ayuntamiento de Arucas (Gran Canaria), con motivo de la ejecución del Proyecto denominado “Terrenos en Bañaderos para la construcción de una desaladora de agua de mar Arucas-Moya”.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, dictó Sentencia nº 590/1998, con fecha 18 de marzo de 1998, en el recurso contencioso-administrativo nº 1728/1995, interpuesto contra el Decreto 134/1995, de 11 de mayo, por el que se declaraba urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada por el Ayuntamiento de Arucas (Gran Canaria), con motivo de la ejecución del Proyecto denominado “Terrenos en Bañaderos para la construcción de una desaladora de agua de mar Arucas-Moya”, constituyéndose firme por Resolución del Tribunal Supremo de fecha 14 de diciembre de 1998.

Considerando el artículo 107.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que dispone: “Si la sentencia anulara total o parcialmente una disposición general o un acto administrativo que afecte a una pluralidad indeterminada de personas, el órgano judicial ordenará su publicación en diario oficial en el plazo de diez días a contar desde la firmeza de la sentencia”. En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución Española; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 15 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 8 de abril de 1999,

D I S P O N G O:

La publicación en el Boletín Oficial de Canarias, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la citada Sentencia que contiene la siguiente declaración:

“Primero.- Estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de D. Rafael González Hernández contra el acto administrativo a que se refiere el antecedente de hecho primero de la presente sentencia que anulamos por no ser ajustado a derecho y no ha lugar al resto de los pedimentos.

Segundo.- No procede hacer expreso pronunciamiento sobre las costas.”

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 8 de abril de 1999.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, Manuel Hermoso Rojas.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES, Lorenzo Alberto Suárez Alonso.

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