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Vista la petición formulada por el Iltre. Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, en solicitud de aumento de las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones para su aplicación en el municipio.
Resultando: que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, que lo emitió en su sesión plenaria celebrada el día 2 de marzo de 1999, dictaminando favorablemente las tarifas que a continuación se reflejan:
Cuota fija 1.300 ptas.
Consumo doméstico:
Hasta 20 m3 68 ptas./m3 De 21 a 30 m3 168 ptas./m3 De 31 a 40 m3 235 ptas./m3 Más de 40 m3 255 ptas./m3
Consumo construcción y agrícola:
Hasta 30 m3 255 ptas./m3 Más de 30 m3 418 ptas./m3
Consumo industrial y especial:
Industria materia 168 ptas./m3 prima el agua Resto de industrias 255 ptas./m3 y consumo especial Otras 295 ptas./m3
Considerando: que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y la Orden de 30 de septiembre del mismo año.
Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; el Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal y de fomento y liberalización de la actividad económica, por el que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios.
Vistos los Decretos del Gobierno de Canarias 187/1995, de 20 de julio, de reestructuración de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; 212/1991, de 11 de septiembre, de Organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias; 323/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio (modificado por el Decreto 64/1997, de 30 de abril), y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación, D I S P O N G O:
Autorizar al Iltre. Ayuntamiento de la Villa de Ingenio las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones aprobadas por la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriormente expresadas a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso de Las Palmas del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de marzo de 1999.
EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE PRECIOS DE LAS PALMAS, Alfredo Vigara Murillo.
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