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El expediente administrativo y documento técnico aprobado ha sido remitido a la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente (Comisión de Urbanismo yMedio Ambiente de Canarias) del Gobierno de Canarias con fecha 17 de marzo de 1999.
Lo que se expone al público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12.2 de la Ley 7/1990, de 14 de mayo, de Disciplina Urbanística y Territorial.
Contra dicho acuerdo se podrá, por las personas legítimas, interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la presente publicación, previa comunicación al órgano que dictó el acto, sin perjuicio de otros recursos que se consideren pertinentes.
Santa Brígida, a 19 de marzo de 1999.- El Alcalde-Presidente, Manuel Galindo Ramos.
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