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Habiéndose resuelto los concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo correspondientes a Jefes de Comarca, Brigadas Móviles de Calidad Ambiental y Agentes, pertenecientes al Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente convocados por Órdenes de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales de 4 de septiembre y 6 de noviembre de 1997 y Orden de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente de 6 de agosto de 1998, respectivamente.
Vistas las preferencias sobre puestos de trabajo manifestadas por los funcionarios seleccionados en virtud de las pruebas selectivas convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales de 22 de abril de 1996, de acuerdo con el orden final de puntuación obtenido en dichas pruebas, esta Dirección General, en uso de las competencias legalmente establecidas,
R E S U E L V E:
Primero.- Adjudicar, con carácter definitivo, los puestos de trabajo del Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente que se relacionan en el anexo a los funcionarios de nuevo ingreso del referido Cuerpo, seleccionados en virtud de las pruebas convocadas por Orden de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales de 22 de abril de 1996, de acuerdo con las preferencias manifestadas y el orden final obtenido en dichas pruebas.
Segundo.- El plazo para tomar posesión del puesto de trabajo adjudicado será de tres días, si el puesto de trabajo desempeñado radica en la misma isla que la del destino obtenido o de un mes si radica en distinta isla o fuera del Archipiélago o comporta el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de esta Resolución.
Por necesidades del servicio los ceses y las tomas de posesión podrán verse demorados de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 48/1998, de 17 de abril.
Tercero.- La falta de incorporación del funcionario en los plazos señalados en el apartado anterior dará lugar a la exigencia de las responsabilidades que legalmente procedan.
La presente Resolución podrá ser impugnada, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de marzo de 1999.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier López de Vicuña y Artola.
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Ver anexos - Página/s 4765
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