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Habiendo sido intentada, mediante carta certificada con acuse de recibo, la notificación a Promociones Granadilla, S.A., del apercibimiento de orden de obras con fecha 19 de agosto de 1998, dictada en el expediente sancionador S-26/93, como consecuencia de la denuncia formulada contra la misma por infracción de la reglamentación vigente en materia de viviendas de protección oficial, no teniendo constancia de su recepción,
R E S U E L V O:
Notificar a Promociones Granadilla, S.A. el apercibimiento orden de obra, con fecha 19 de agosto de 1998, recaída en el expediente sancionador S-26/93, cuya parte dispositiva dice textualmente:
Siendo firme la Resolución de esta Dirección General de fecha 6 de julio de 1995, que le impuso la obligación de ejecutar las obras de reparación necesarias para subsanar, conforme al buen hacer de la construcción, las deficiencias sancionadas, se le apercibe de la obligación de atender a lo ordenado, a cuyos efectos, se le concede un plazo de cuarenta días, transcurrido el cual si no cumpliese lo acordado, se procederá a la imposición de multas coercitivas hasta la total realización de lo dispuesto, de conformidad con lo prevenido en el artē. 96.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nē 285, de 27.11.92).
Las obras a realizar son:
1. Sellado junta de dilatación.
2. Sustitución de las piezas rotas del pavimento de cocina, así como correcta colocación de las de encuentro con pared.
3. Levantamiento y sustitución de los azulejos mal colocados a ambos lados de la junta de dilatación en paramento pared de fachada trasera.
4. Ejecución en salón de doble tabique para subsanar las deficiencias que se manifiestan al pasar por esta dependencia la junta de dilatación.
5. Colocación en cocina de tapajuntas en la junta de dilatación.
6. Sellado de grieta, sustitución de azulejos rotos en paramentos de cocina.
7. Tratamiento de acabado (gotelé y pintura) en paramentos del hall, pasillo y dormitorio deteriorados por antigua filtración ya reparada.
8. En baño, sustituir las losetas rotas, así como las de borde mal colocadas.
9. Sellado de fisuras en paramentos de varias dependencias, posterior tratamiento de pintura.
10. Tratamiento de acabado de barniz en carpintería de madera.
Santa Cruz de Tenerife, a 20 de enero de 1999.-El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
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