

|
|
|
R E S U E L V O:
Notificar a la entidad Coravita, S.L. (Constructora), la expedición de certificación de descubierto de fecha 21 de julio de 1998, obrante en el expediente sancionador de referencia, cuya parte dispositiva dice textualmente:
“Para su conocimiento y efectos oportunos, le comunico que, con esta misma fecha, se procedió por esta Dirección General, a la expedición de certificación de descubierto para su exacción por la vía de apremio por importe de trescientas mil (300.000) pesetas, correspondientes a la multa impuesta por Resolución firme de esta Dirección General de fecha 20 de octubre de 1997.
Asimismo, se le apercibe de la obligación de proceder a la ejecución de lo ordenado por la referida Resolución, a cuyos efectos se le concede un plazo de diez días, transcurrido el cual y desatendido que fuere el presente requerimiento, se reiterará la imposición de nuevas multas coercitivas hasta el total cumplimiento de lo ordenado, de conformidad con lo prevenido en el artº. 96.C) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.”
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de enero de 1999.- El Director General de Vivienda, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |