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1999/045 - Miércoles 14 de Abril de 1999

IV. ANUNCIOS
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Consejería de Economía y Hacienda

Regresar al sumario 1252 Dirección General de Promoción Económica.- Anuncio de 28 de enero de 1999, por el que se notifica Resolución de 30 de diciembre de 1998, que acuerda el reintegro de las ayudas concedidas, bajo las condiciones previstas en el Régimen Específico de Abastecimiento a las Islas Canarias, a la entidad Horaso, S.A., durante los ejercicios de 1993 y 1994.

Habiéndose intentado en reiteradas ocasiones practicar la notificación en el domicilio de la entidad Horaso, S.A., en la calle Diego Vega Sarmiento, 36, en Las Palmas de Gran Canaria, de la Resolución de 30 de diciembre 1998, del Director General de Promoción Económica de la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, por la que se acuerda el reintegro de las ayudas concedidas a la empresa Horaso, S.A. durante los ejercicios de 1993 y 1994, bajo las condiciones previstas en el Régimen Específico de Abastecimiento a las Islas Canarias, y de la apertura del trámite de alegaciones en el citado expediente, sin haberse podido practicar la misma, es por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

1. Notificar a la entidad Horaso, S.A., cuyo último domicilio conocido es en la calle Diego Vega Sarmiento, 36, de Las Palmas de Gran Canaria, la Resolución de 30 de diciembre de 1998, del Director General de Promoción Económica, y cuya parte dispositiva dice textualmente:

Primero.- Se acuerda el reintegro de la cantidad abonada a la empresa Horaso, S.A., a través de certificaciones de este Centro Directivo, recaídas en las solicitudes de ayuda comunitaria, tramitadas ante Sofesa, bajo los números de expedientes que se citan en el anexo, sumando la cantidad a reintegrar un total de ciento veintitrés millones ochocientas veintitrés mil trescientas sesenta y cuatro (123.823.364) pesetas, como consecuencia del incumplimiento de los requisitos exigidos para la correcta expedición e imputación de los certificados de ayudas, en los términos que han resultado probados en esta Resolución.

Segundo.- Al reintegro anterior se procederá en el plazo de los veinte días siguientes al de la fecha de recepción del presente escrito, mediante el ingreso de la cantidad mencionada en la c/c 9000.0001.20.0200009025 FEGA-FEOGA Garantía Organismo Pagador, en el Banco de España en Madrid, con remisión del comprobante de dicho ingreso a esta Dirección General.

Tercero.- La obligación de reintegro establecida en esa Resolución no exime de las demás responsabilidades en que se haya podido incurrir como consecuencia del incumplimiento del beneficiario de los compromisos asumidos como consecuencia de la expedición del Certificado de Ayuda.

2. Notificar a dicha entidad que, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse contra dicha Resolución, recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Viceconsejero de Economía y Coordinación Técnica con la Unión Europea, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

3. Remitir la presente Resolución al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para su publicación en el tablón de edictos correspondiente, así como al Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de enero de 1999.-El Director General de Promoción Económica, Antonio Lantigua Suárez.

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